DERECHO PROCESAL PENAL
Juzgamiento de altos funcionarios. I. Para juzgar a los altos funcionarios de la República Bolivariana de
Venezuela, se requiere que el Fiscal que haya conducido la investigación preliminar, se dirija
al Fiscal General de la República, para que éste le solicite al
Tribunal Supremo de Justicia la declaratoria de haber mérito para el
enjuiciamiento, es decir, el antejuicio de mérito.
Una vez que el Fiscal General de la República solicite el antejuicio de mérito, el Tribunal Supremo de Justicia lo realizará, en el
que debe declarar si hay o no mérito para enjuiciar al alto
funcionario en cuestión.
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