10 de marzo de 2013

Atenuante de responsabilidad

DERECHO PENAL

Atenuante de responsabilidad. Cuando se considere que el estado mental del sujeto no excluye totalmente la responsabilidad penal, sino que la atenúa, la pena establecida para el hecho punible se rebajará de acuerdo a las siguientes reglas:

1. En lugar de la pena de presidio, se aplicará la pena de prisión, disminuida entre dos tercios y la mitad.

2. En lugar de la pena de prisión, se aplicará la pena de arresto, disminuida entre dos tercios y la mitad.

3. Las otras penas divisibles se aplicarán rebajadas por mitad.

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