DERECHO PENAL
Del falso testimonio
Falso testimonio. El que deponiendo como testigo ante la autoridad judicial, afirme lo falso, o niegue lo cierto, o calle, total, o parcialmente, lo que sepa con relación a los hechos sobre los cuales es interrogado:
será castigado con prisión de 15 días a 15 meses.
Si el falso testimonio se ha dado contra algún indiciado por delito, o en el curso de un juicio criminal:
la prisión será de 6 a 30 meses, y si concurren las dos circunstancias: será de 18 meses a 2 años.
Si el falso testimonio ha sido la causa de una sentencia condenatoria a pena de presidio:
la prisión será de 3 a 5 años.
Si el testimonio se hubiere dado sin juramento, la pena se reducirá de una sexta a una tercera parte.
Fuente. Código Penal: Gaceta Oficial Nº 5768, extraordinario 13-04-2005.
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