14 de junio de 2013

Falso testimonio

DERECHO PENAL

Del falso testimonio

Falso testimonio. El que deponiendo como testigo ante la autoridad judicial, afirme lo falso, o niegue lo cierto, o calle, total, o parcialmente, lo que sepa con relación a los hechos sobre los cuales es interrogado: 

será castigado con prisión de 15 días a 15 meses.

Si el falso testimonio se ha dado contra algún indiciado por delito, o en el curso de un juicio criminal:

la prisión será de 6 a 30 meses, y si concurren las dos circunstancias: será de 18 meses a 2 años.

Si el falso testimonio ha sido la causa de una sentencia condenatoria a pena de presidio:

la prisión será de 3 a 5 años.

Si el testimonio se hubiere dado sin juramento, la pena se reducirá de una sexta a una tercera parte.

Fuente. Código Penal: Gaceta Oficial Nº 5768, extraordinario 13-04-2005. 

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