Autonomía e independencia de los jueces
En el ejercicio de sus funciones los jueces son
autónomos e independientes de los órganos del Poder Público y sólo deben
obediencia a la ley, al derecho y a la justicia.
En caso de interferencia en el ejercicio de sus
funciones los jueces deberán informar al Tribunal Supremo de Justicia sobre los
hechos que afecten su independencia, a los fines de que la haga cesar.
Fuente: Código
Orgánico Procesal Penal. Nº 6078 Extraordinario del 15 de junio de 2012.
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