1 de mayo de 2014

Medicina Legal II

MEDICINA LEGAL - 6TA. EDICIÓN

JOSE FELIX MARTIN CORONA


SECRETO MÉDICO
El secreto médico consiste en la obligación que tienen los médicos y demás profesionales análogos, de guardar en reserva los secretos personales de que se imponen en el ejercicio de su profesión.

La Ley del Ejercicio de la Medicina, de conformidad con el artículo 46, contempla lo siguiente:

"Todo aquello que llegare a conocimiento del médico con motivo, o en razón de su ejercicio, no podrá darse a conocer y constituye el secreto médico. El secreto médico es inherente al servicio de la medicina y se impone para la protección del paciente, el amparo y salvaguarda del honor del médico y de la dignidad de la ciencia. El secreto médico es inviolable y el profesional está en la obligación de guardarlo. Igual obligación y en las mismas condiciones se impone a los estudiantes de medicina y a los miembros de profesionales y oficios para médicos y auxiliares de la medicina"

Las razones para guardar el secreto médico se imponen tanto por el interés personal del médico, como por una razón de respeto al paciente. 

TIPOS DE SECRETO MÉDICO
Secreto Médico Absoluto: Es el secreto que obliga a callar en todo tiempo y lugar, para siempre y en todos los casos.

Secreto Médico Relativo: En virtud de normas de orden público, se limita la amplitud del secreto, pudiendo el mismo ser revelado mediante disposiciones legales.

Bibliografía: Medicina Legal, 2008; 6ta. Edición; JOSE FELIX MARTIN CORONA; Ediciones LIBRERIA DESTINO; PP. 40, 41.

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