EXTRACTOS
Sentencia Nº 05 de Sala Constitucional,
Expediente Nº 00-003 de fecha 27/01/2000
Competencia en materia de amparo a la libertad
y seguridad personales.
Delimitado el objeto de la forma señalada,
entiende esta Sala que se encuentra frente al supuesto especial de amparo a la
libertad y seguridad personales, modalidad esta que ha sido objeto de una
regulación especial, tanto en Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías
Constitucionales como en el recién promulgado Código Orgánico Procesal Penal.
De los aludidos textos legales se desprende que la competencia para conocer del
amparo a la libertad personal corresponde a los Tribunales de Primera Instancia
en lo Penal (artículos 7, 38, 39 y 40 Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y
Garantías Constitucionales), que de acuerdo con la normativa procesal penal
corresponde actualmente a los denominados Tribunales de Control, de conformidad
con lo previsto en el penúltimo aparte del artículo 60 del Código Orgánico
Procesal Penal.
FUENTE: Tribunal Supremo de
Justicia.
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