14 de febrero de 2015

008610 ii

NORMAS SOBRE LA ACTUACIÓN DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL ORDEN PÚBLICO, LA PAZ SOCIAL Y LA CONVIVENCIA CIUDADANA EN REUNIONES PÚBLICAS Y MANIFESTACIONES

CAPÍTULO I
Disposiciones Generales

Artículo 2°. Finalidades. La presente normativa tiene las siguientes finalidades:

1. Contribuir con la profesionalización de Fuerza Armada Nacional Bolivariana, integrada por funcionarias y funcionarios militares que cuenten con solvencia moral, aptitudes y competencias requeridas para garantizar el orden público, la paz social y la convivencia ciudadana en reuniones públicas y manifestaciones, con base en los valores y principios del Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia.

2. Proteger los derechos humanos y garantías de las personas que participan en las reuniones públicas y manifestaciones, así como, de las demás personas y la sociedad en general.

3. Asegurar a las funcionarias y funcionarios militares condiciones de seguridad y salud en el ejercicio de sus funciones, así como, la dotación, equipamiento y formación.

4. Establecer principios, directrices y procedimientos uniformes, eficientes y transparentes sobre la actuación de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en la garantía del orden público, la paz social y la convivencia ciudadana en las reuniones públicas y manifestaciones.

5. Regular la actuación de las y los integrantes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana para el manejo y control frente a situaciones que se presenten, debiendo proceder de manera adecuada en la atención, manejo y control de multitudes.

6. Desarrollar los procedimientos en la atención, manejo y control de multitudes, en sus diferentes comportamientos grupales, haciendo buen uso de la fuerza, utilizando adecuadamente los medios coercitivos de acuerdo a la normatividad internacional, nacional e institucional y prevaleciendo el respeto por los Derechos Humanos, brindando las condiciones necesarias para asegurar la seguridad de las personas que se encuentren en el territorio nacional.

Fuente: Gaceta Oficial No. 40.589. Resolución No. 008610 de fecha 27 enero 2015.

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