28 de junio de 2016

28-06-2016 Pruebas (131)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Pruebas (Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado

TEMA 9 LA PRUEBA DOCUMENTAL. Clasificación. Públicos y privados. Impugnación, ratificación, desconocimiento y reconocimiento de los documentos. De la nulidad de los documentos. La tacha. Formas de proposición. Trámite de instrucción. La exhibición de documentos. La prueba de informes.

DIFERENCIAS ENTRE EL INSTRUMENTO PÚBLICO Y EL INSTRUMENTO PRIVADO

a) El IPb es auténtico desde su nacimiento; al IPv se le dice autenticado posteriormente a su nacimiento.

Nota.- A través de la fe pública se le da autenticidad al IPb.

b) La tacha de falsedad del IPb debe versar sobre algunas de las establecidas en el 1380 CC; y la tacha de falsedad del IPv debe versar sobre algunas de las que establece el 1381 CC.

1381:

1º Cuando haya habido falsificación de firmas.

2º Cuando la escritura misma se hubiere extendido maliciosamente, y sin conocimiento de quien aparezca como otorgante, encima de una firma en blanco suya.

3º Cuando en el cuerpo de la escritura se hubiesen hecho alteraciones materiales capaces de variar el sentido de lo que firmó el otorgante.

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