3 de agosto de 2016

03-ago-2016 Romano II (8)

Frase reflexiva:
La fuerza, el dinero y el conocimiento: las tres principales fuentes del poder

Materia: Derecho Romano II
Semestre: Segundo-Pregrado

Tema # 2 La Obligación                                                      

Clasificación o Clases de Obligaciones

Las Obligaciones se pueden clasificar de acuerdo a los sujetos, al objeto y al vínculo.

1. Por el Sujeto

1. 1 Por su Determinación: Aquí tenemos Sujetos Determinados y Sujetos Indeterminados.

1. 1a Sujetos Determinados: Aquí tanto el sujeto activo (acreedor) como el sujeto pasivo (deudor) son conocidos desde el nacimiento de la obligación.

1. 1b Sujetos Indeterminados: Aquí los sujetos no están individualizados (concretos) al nacimiento de la obligación.

1. 2 Por Su Unidad: Pueden ser.

1. 2a Sujetos Unitarios: Sólo existe un acreedor y un deudor.

1. 2b Pluralidad de Sujetos: Es activa cuando existen varios acreedores, es pasiva cuando existen varios deudores y es mixta cuando existen varios acreedores y deudores.

1. 2c Obligaciones Parciarias: Eran aquellas en que el acreedor no puede exigir la totalidad de la prestación, ni los deudores obligados al pago total de la prestación.

1. 2d Obligaciones Solidarias: Eran aquellas en que existen varias personas que contraen obligaciones, y una vez pagado por uno, la obligación se extingue para todos.

2. Por el Objeto

2. 1 Divisibles: Son aquellas susceptibles de fraccionamiento en un contrato.

2. 2 Indivisibles: Son aquellas que no admiten fraccionamiento alguno. Ejemplo: una venta de inmueble.

2. 3 Determinado: Es cuando el objeto esta concretamente definido.

2. 4 Indeterminado: Es cuando el objeto no esta individualizado ni definido.

2. 5 Por el Contenido de la Prestación: Tenemos que puede ser: un dar, prestar, hacer y no hacer.

2. 6 Alternativas: La prestación es única, el deudor puede elegir para su cumplimiento entre 2 ó más objetos.

2. 7 Facultativas: La prestación recae en un objeto previamente establecido, pero el deudor puede liberarse entregando otro.

2. 8 Genéricas: La prestación consiste en objetos determinados por su género, cuenta, peso o medida.

2. 9 Específicas: Es cuando la prestación consiste en un objeto claramente determinado.             
                        
3. Por el Vínculo

3. 1 Por la Autoridad que las Sanciona: Son Obligaciones Civiles aquellas sancionadas y reconocidas por el “Ius Civiles”; y son Obligaciones  Honorarias aquellas sancionadas y reconocidas  por el pretor.

3. 2 Por su Formalismo: De Derecho Estricto solo podían reclamarse y sancionarse aquellas obligaciones estrictamente convenidas; y de Buena Fe “Bona Fidei”, el Magistrado tiene amplitud de interpretar y sancionar.

3. 3 Por su Exigibilidad: Civiles, cuando están protegidas por una acción, y al incumplir la prestación se podía demandar su cumplimiento; y Naturales, aquellas que carecen de acción, pero por razones de equidad se admiten como obligaciones.

Frase reflexiva:
La fuerza, el dinero y el conocimiento: las tres principales fuentes del poder

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