17 de agosto de 2016

17-08-2016 Colisión

Recurso de colisión:
IV
DECISIÓN

 Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, se declara:
 1.- COMPETENTE para conocer del recurso de colisión de leyes interpuesto por el abogado Antonio Augusto Bermúdez Bermúdez, “procediendo en este acto en ejercicio del derecho constitucional que se me consagra en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”, entre el artículo 134 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y el artículo 25 de la Ley de los Consejos  Locales de Planificación.
 2.- ADMITE el recurso de colisión de leyes ejercido.
 3.- ORDENA citar al Presidente de la Asamblea Nacional.
 4.- ORDENA notificar a la parte recurrente, a la Fiscal General de la República, al Procurador General de la República y al Defensor del Pueblo.
 5.- ORDENA remitir el presente expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines de continuar con la tramitación del procedimiento.
 Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al Juzgado de Sustanciación. Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los 11 días del mes de agosto de dos mil dieciséis (2016). Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación.

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