29 de octubre de 2017

29/10/2017 Proceso Penal [23]

La frase del día:
No me olvides.
No permitas que te olvide.

N° de Expediente: C01-0292 N° de Sentencia: 0585
Tema: Proceso Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Interpretación de las normas en materia penal
Martes, 10 de julio de 2001

En el campo penal la interpretación debe ser restrictiva, cuando se trata de normas que representen perjuicio o desventaja para el enjuiciado, y de manera extensiva cuando lo favorece, no así para el Fiscal o la víctima, puesto que si se interpreta de manera extensiva a favor de éstos se perjudica al procesado, violentándose el principio de seguridad jurídica

N° de Expediente: C01-0068 N° de Sentencia: 0468
Tema: Proceso Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Impugnabilidad objetiva. Legitimación
Martes, 19 de junio de 2001

En tal sentido los artículos 425 y 426 del Código Orgánico Procesal Penal, establecen:

Impugnabilidad objetiva. Las decisiones judiciales serán recurribles por los medios y en los casos expresamente establecidos.

Legitimación. Podrán recurrir en contra de las decisiones judiciales las partes a quienes la ley reconozca expresamente este derecho.

Se deduce de los artículos transcritos que las decisiones podrán ser impugnadas por la parte a quien la ley de expresamente esa posibilidad, por los medios y en los casos expresamente establecidos, vale decir, que si no se encuentra taxativamente previsto dentro de la normativa el modo y caso para recurrir de una decisión, no se podrá impugnar tal providencia.

N° de Expediente: C01-0041 N° de Sentencia: 0372
Tema: Proceso Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Modo de impugnar la víctima no querellante
Viernes, 25 de mayo de 2001

Una vez leído el ordinal 8° del artículo 117 del Código Orgánico Procesal Penal transcrito, se concluye que la víctima no querellante para impugnar las decisiones absolutorias como ocurre en el caso de estudio, está supeditada a que la parte fiscal lo haga, bien sea por medio del recurso de apelación o del recurso de casación.

La frase del día:
No me olvides.
No permitas que te olvide.

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