Dichas documentales fueron apreciadas anteriormente por esta Sala, siendo que no es la prueba libre el medio idóneo para certificar la autenticidad de los correos electrónicos y las conversaciones vía aplicación Whatsapp, por lo que se reitera su valoración, en cuanto a que al haber sido impugnadas carecen de valor probatorio, en razón de que fueron promovidas de forma impresa, sin demostrarse la autenticidad e integridad de los mensajes a través de medios de prueba auxiliares, es decir, el informe del ente competente o la experticia, por lo que se desechan. Así se aprecia.
Enlace a la Sentencia:
La frase del día
"Cuando emprendas un viaje, no busques el consejo de las personas que nunca han salido de casa"
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!