3 de abril de 2025

Etapa precluida • 03-04-2025

Sentencia No. 086 de fecha 27-FEB-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrado Ponente Doctor MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ

En tal sentido, al haberse pretendido llevar la causa a una etapa precluida en un proceso penal que debió cumplir con las exigencias procedimentales establecidas en forma clara en el Código Orgánico Procesal Penal, su inobservancia estructurada en la ley adjetiva penal, trae como consecuencia la ineficacia de los actos realizados.

En razón ello, surge la nulidad como mecanismo que tiene a su alcance los sujetos de una relación jurídica procesal, para así darle protección a los derechos en el curso de un proceso, y que remueve la Carta Magna, pues toda actividad procesal defectuosa que violente derechos fundamentales o garantías procesales, está viciada de nulidad, la cual puede ser declarada ex officio por el juzgador, en cualquier estado y grado de la causa, cuando sea imposible su saneamiento.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"La cobardía es la madre de la crueldad" - Michel de Montaigne

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