27 de agosto de 2025

Casus fortuitus [27-8-2025]

Casus fortuitus non est praestandum (el caso fortuito no debe ser cumplido).

Principio legal según el cual, cuando un hecho imprevisible e inevitable impide el cumplimiento de una obligación, el deudor no es responsable. Es una eximente de responsabilidad legal reconocida en materia civil y contractual.

La frase del día 
"Prepárate para lo peor, espera lo mejor y acepta lo que venga" [Hannah Arendt]

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