Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
De las normas antes descritas, se desprende que el Ministerio Público, dentro de los treinta días hábiles siguientes a la recepción de la denuncia o querella, podrá solicitar al Juez de Primera Instancia en funciones de Control, la desestimación de la misma. Ahora bien, si la desestimación, es declarada con lugar, dicha decisión sólo podrá ser impugnada por la víctima mediante el recurso de apelación, como sucedió en el presente caso.
Enlace a la Sentencia:
Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.
La frase del día
"No todo lo legal es justo"
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