10 de octubre de 2015

Premeditación 10-10-2015

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C00-0286 N° de Sentencia: 990
Tema: Circunstancias Agravantes.
Materia: Derecho Penal
Asunto: Premeditación Conocida y Ejecución de Homicidio bajo el amparo de la noche.

dichas agravantes, no se encuentran comprendidas en ninguna de las circunstancias referidas en el delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto en el artículo 408 del Código Penal; razón por la cual, siendo estas agravantes genéricas, y que afectan el aspecto objetivo del delito, como hecho dañoso, puede el juez optar dentro de su soberanía, por la aplicación de las mismas,...

H. Calificado

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C00-1479 N° de Sentencia: 0143
Tema: Circunstancias Agravantes.
Materia: Derecho Penal
Asunto: Homicidio Calificado – Agravantes.

la calificación jurídica del delito de Homicidio Calificado contemplado en el artículo 408 del Código Penal, específicamente en el ordinal 1° sanciona con una mayor pena aquellos homicidios simples que se realicen bajo ciertas circunstancias que lo agravan tales como, por medio de incendio, o veneno, o por motivos fútiles, o con alevosía, entre otros, razón por la cual al momento de calificar los hechos como Homicidio Calificado ya estaríamos incluyendo una de estas agravantes

9 de octubre de 2015

Animus Lucri

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C10-187 N° de Sentencia: 318
Tema: Circunstancias Agravantes.
Materia: Derecho Penal
Asunto: Art 77-2 Código Penal - Precio, recompensa o promesa -(animus lucri)

Analizando lo dispuesto en el ordinal 2° del artículo 77 del Código Penal y cuando el legislador indica que es una circunstancia agravante de todo hecho punible: “ejecutarlo mediante precio, recompensa o promesa”, establece que estas circunstancias agravan la pena pues revelan una mayor culpabilidad en el sujeto activo la cual se determina por los motivos que mueven la comisión de la acción (animus lucri). Esta agravante es subjetiva pues se refiere al acuerdo previo entre dos o más personas para la perpetración de un delito y la existencia de un precio, recompensa o promesa que recibirá el ejecutor de la acción por una tercera persona (el que induce). De acuerdo a lo antes descrito, no pueden ser catalogadas como agravantes genéricas las circunstancias que son inherentes a la comisión del delito, es decir las que sin su existencia el delito no podría cometerse, como en el presente caso, pues para que se configure el delito de extorsión, el sujeto activo debe solicitar a la víctima mediante la intimidación o amenaza la entrega de bienes patrimoniales.

8 de octubre de 2015

C. Agravantes 08-10-2015

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C10-187 N° de Sentencia: 318
Tema: Circunstancias Agravantes.
Materia: Derecho Penal
Asunto: Circunstancias Agravantes en el Derecho Penal

Las circunstancias agravantes en el Derecho Penal, se deben entender como aquellas circunstancias ajenas al delito (no forman parte del tipo penal) y concurrentes con la acción delictiva que pueden producir el efecto de modificar la responsabilidad penal del sujeto activo con un aumento de la pena, por representar esta circunstancia una mayor antijuricidad de la acción o la culpabilidad del responsable.

Cumplimiento Deber

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: 97-1972 N° de Sentencia: 612
Tema: Circunstancia Justificante
Materia: Derecho Penal
Asunto: Circunstancia Justificante del Cumplimiento del Deber

El sentenciador estaba obligado, a los fines de acoger la opinión del Ministerio Público, a establecer, en forma clara y determinante, cuáles son los hechos que consideró probados con relación a la circunstancia justificante del cumplimiento del deber, que en su concepto ampara la conducta de los funcionarios policiales, y ese establecimiento debió ser hecho previo resumen, análisis y comparación de los elementos probatorios que cursan en autos.

7 de octubre de 2015

62 C. P.

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C00-0052 N° de Sentencia: 896
Tema: Circunstancia Eximente de Responsabilidad.
Materia: Derecho Penal
Asunto: Enfermedad Mental. Art. 62 CP.

la eximente de responsabilidad contenida en el artículo 62 del Código Penal, es aplicable, entre otro supuesto cuando el agente se encuentra en estado de enfermedad mental suficiente para privarlo de la conciencia o de la libertad de sus actos.

Para que se excluya la imputabilidad, no basta que se constate la existencia de una enfermedad mental, pues, se requiere que aquella produzca los efectos señalados en el artículo 62 del Código Penal, los cuales consisten en afectar suficientemente la conciencia o libertad de sus actos, vale decir, que afecte gravemente la capacidad de entender o de querer del sujeto.

C. Calificante

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C04-0161 N° de Sentencia: 405
Tema: Circunstancia calificante
Materia: Derecho Penal
Asunto: Circunstancia calificante

Cuando el sentenciador considera que está comprobada en autos alguna circunstancia calificante al hecho punible, está obligado a indicar cuáles son los elementos que la comprueban, expresando los hechos que la configuran y señalando las razones que tiene para considerarlo así.