30 de septiembre de 2026

30-09-2026 • Inocencia, cómplices

Tortura y presunción de inocencia 

Detrás de toda la crítica aparece una idea que hoy identificamos inmediatamente con la presunción de inocencia (ese término no era utilizado por el autor).

Mientras la culpabilidad no esté demostrada, el acusado no puede ser tratado como si ya hubiese sido condenado. El proceso existe precisamente para determinar racionalmente qué ocurrió. Si el Estado puede imponer sufrimiento para producir la prueba que luego utilizará contra la misma persona, la secuencia se invierte: primero se castiga y después se intenta justificar el castigo. Beccaria exige exactamente lo contrario: primero probar; solo después, y dentro de la ley, puede existir una pena.

Torturar para descubrir cómplices

Tampoco considera legítima la tortura destinada a obtener los nombres de posibles cómplices. Si el tormento no constituye un medio confiable para determinar la verdad sobre el propio acusado, tampoco puede convertirse en un instrumento fiable para identificar a terceros. Incluso puede ocurrir lo contrario: quien se acusa falsamente a sí mismo para escapar del dolor puede estar todavía más dispuesto para acusar falsamente a otra persona. Beccaria propone utilizar medios probatorios ordinarios: examen del acusado, testigos, elementos del hecho y demás pruebas capaces de confirmar racionalmente la imputación.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"No siempre lo que ves es lo que es"

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