13 de junio de 2017

13/6/2017 Notificación [7]

La frase del día:
Muchas veces las cosas no se le dan al que las merece más, sino al que sabe pedirlas con insistencia. Arthur Schopenhauer

N° de Expediente: C08-122 N° de Sentencia: 343
Tema: Notificación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Por carteles. Existiendo domicilio procesal
Lunes, 07 de julio de 2008

...se podrá notificar a las partes, por medio de carteles fijados en el tribunal de la causa, siempre que estas no hayan indicado su domicilio procesal, lo que no sucedió en el caso de autos, ya que consta en el expediente el domicilio procesal de la defensa privada...

La frase del día:
Muchas veces las cosas no se le dan al que las merece más, sino al que sabe pedirlas con insistencia. Arthur Schopenhauer

12 de junio de 2017

12/6/2017 Recurso: Inadmisible e Inoficioso



 
N° Sentencia: 67
N° Expediente: 2017-000036
Procedimiento: Recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar
Partes: La ciudadana LUISA ORTEGA DÍAZ, actuando en su condición de “…electora debidamente inscrita en el Consejo Nacional Electoral; y a su vez en mi condición de Fiscal General de la República…”, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente, medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra “1) Las decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 23 de mayo de 2017, mediante la cual "aprobó la convocatoria" a una Asamblea Nacional Constituyente;(…) 2)La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 25 de mayo de 2017, mediante la cual aceptó las bases comiciales para la elección de los constituyentes, (…) 3) La decisión del Consejo Nacional Electoral, (…)del 25 de mayo de 2017, en la que informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente, a través de un portal digital que abrirá el Poder Electoral; (…) 4) La decisión de fecha 4 de junio de 2017, a través de la cual la Presidenta del Consejo Nacional Electoral, Tibisay Lucena, propuso para el 30 de julio de 2017, la oportunidad para las elecciones para los Constituyentistas”.
Decisión: La Sala declaró: 1.- INADMISIBLE el recurso contencioso electoral por inepta acumulación de pretensiones, interpuesto por la ciudadana Luisa Ortega Díaz, supra identificada, por acumularse en un mismo libelo pretensiones de nulidad de actuaciones emanadas de distintos órganos del Poder Público, cuyo conocimiento corresponde a jurisdicciones distintas, de conformidad con lo establecido en los artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con los artículos 133.1 eiusdem, y 78 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente por remisión expresa del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. 2.- INOFICIOSO el pronunciamiento sobre el amparo cautelar y subsidiariamente la medida cautelar innominada de suspensión de efectos, en virtud que la declaratoria de inadmisibilidad por inepta acumulación de pretensiones no admite, ni aún preliminarmente, la presunción de buen derecho (fumus boni iuris), o en su defecto, el mencionado requisito en concurrencia con la presunción de riesgo manifiesto por inejecución del fallo (periculum in mora). Publíquese, regístrese y notifíquese al ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela y a la ciudadana Presidenta del Consejo Nacional Electoral. Archívese el expediente.
Ponente: Ponencia Conjunta
12-06-2017

12/6/2017 Notificación [6]

La frase del día:
No te tomes la vida tan en serio, al fin y al cabo, no vas a salir vivo de ella — Anónimo

N° de Expediente: C08-122 N° de Sentencia: 343
Tema: Notificación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Importancia
Lunes, 07 de julio de 2008

...las notificaciones de las partes de los actos procesales, interesan al orden público constitucional y legal, por cuanto el propósito del legislador fue el aseguramiento de que las mismas fueran practicadas de tal suerte que quedara inequívocamente acreditado en los autos, que las partes adquirieron conocimiento de la decisión tomada por el órgano jurisdiccional así como de sus consecuencias jurídicas, como garantía no sólo de que el proceso no sufra demoras indebidas, ni contravenciones a los derechos fundamentales de las partes.

La frase del día:
No te tomes la vida tan en serio, al fin y al cabo, no vas a salir vivo de ella — Anónimo

11 de junio de 2017

11/6/2017 Notificación [5]

La frase del día:
La ocasión hace al ladrón

N° de Expediente: C08-189 N° de Sentencia: 564
Tema: Notificación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Falta de Notificación a la Víctima. Acto de Informes
Jueves, 23 de octubre de 2008

...la notificación a las víctimas para el acto de informes no se llevó a cabo, no obstante, dicha omisión por parte del juzgador de la primera instancia no justifica retrotraer el proceso al estado de practicar dicha notificación y que se realice un nuevo acto de informes, vale decir, no tendría utilidad alguna tomando en cuenta que el referido vicio en nada perjudica ni beneficia al acusado ... los derechos e intereses de las víctimas estuvieron protegidos en todas las fases del proceso por el Ministerio Público, tal como lo exige el artículo 118 del Código Orgánico Procesal Penal...

La frase del día:
La ocasión hace al ladrón

10 de junio de 2017

10/6/2017 Sentencia 441

La frase del día:
Cuando una puerta se cierra, se abren dos

DECISIÓN

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE, por falta de legitimación,  la solicitud de aclaratoria de la sentencia número 378, dictada el 31 de mayo de 2017, interpuesta por la ciudadana Luisa Ortega Díaz en su carácter de Fiscal General de la República.

Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Dada, firmada y sellada en el Salón de Sesiones de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los 07 días del mes de junio dos mil diecisiete (2017). Años: 207º de la Independencia y 158º de la Federación.

Sala Constitucional Tribunal Supremo de Justicia, 07-06-2017, sentencia 441, expediente 17-0519.


La frase del día:
Cuando una puerta se cierra, se abren dos

8 de junio de 2017

8/6/2017 Calificación

La frase del día:
El que desde sus primeros años se acostumbra a la maldad, hace luego del crimen un arte. Ovidio

N° de Expediente: C06-0070 N° de Sentencia: 231
Tema: Nueva Calificación Jurídica (Artículo 350 COPP)
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Nueva Calificación Jurídica (Articulo 350 COPP)
Martes, 23 de mayo de 2006

Si el juez de juicio no cumple con lo dispuesto en el artículo 350 del Código Orgánico Procesal Penal, no puede condenar al acusado por un delito más grave que el imputado en la acusación fiscal, tal y como lo establece el artículo 363 del Código Orgánico Procesal Penal, que dispone que el acusado no puede ser condenado en virtud de un precepto legal distinto del invocado en la acusación, comprendida su ampliación, o en el auto de apertura a juicio, si previamente no fue advertido por el juez de juicio, como lo ordena el citado artículo 350. Lo contrario implicaría someter al acusado a una defensa incierta, pues mientras el juez no haga la advertencia e imposición de los derechos procesales antes señalados, el acusado y su defensor ejercerán una defensa limitada.

La frase del día:
El que desde sus primeros años se acostumbra a la maldad, hace luego del crimen un arte. Ovidio

7 de junio de 2017

7/6/2017 Auxiliares [2]

La frase del día:
En todo crimen hay una transferencia: el asesino toma algo y deja algo. Juan Gómez-Jurado

N° de Expediente: 00-0858 N° de Sentencia: 130
Tema: Órganos auxiliares de los órganos que imparten justicia
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Naturaleza de los Cuerpos Policiales II
Miércoles, 01 de febrero de 2006     

Ahora bien, la relevancia de las competencias de los cuerpos policiales no elimina su carácter de órganos auxiliares de los órganos que imparten justicia (los jurisdiccionales). Los órganos de policía tienen competencias que no son de auxilio judicial, como la vigilancia callejera, el control del orden público, la advertencia a la ciudadanía sobre su proceder indebido, entre otras. Su sola presencia es motivo, cuando trabajan correctamente, para dar tranquilidad a la colectividad. Lo que no tienen autorizado es, so pretexto del control del orden público y de la seguridad ciudadana, detener personas. Los dos únicos supuestos en que pueden hacerlo ya se han mencionado: si son capturadas in fraganti en la comisión de un delito o si un juez dicta una orden en tal sentido para que sea ejecutada por la Administración.

En esos casos, en los que la conducta del ciudadano podría dar lugar a la sanción de privación de libertad, los cuerpos policiales son auxiliares de los tribunales y, como tales, parte del sistema de justicia, como lo son incluso los ciudadanos por mandato expreso de la Constitución (Artículo 253: "[?] El sistema de justicia está constituido por el Tribunal Supremo de Justicia, los demás tribunales que determine la ley, el Ministerio Público, la Defensoría Pública, los órganos de investigación penal, los o las auxiliares y funcionarios o funcionarias de justicia, el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia, los ciudadanos o ciudadanas que participan en la administración de justicia conforme a la ley y los abogados autorizados o abogadas autorizadas para el ejercicio").

La frase del día:
En todo crimen hay una transferencia: el asesino toma algo y deja algo. Juan Gómez-Jurado