“Cuando una
puerta se cierra, se abren dos”
DECISIÓN
Por las razones
anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de
Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la
ley, declara INADMISIBLE, por falta de legitimación, la solicitud de aclaratoria de la sentencia
número 378, dictada el 31 de mayo de 2017, interpuesta por la ciudadana Luisa
Ortega Díaz en su carácter de Fiscal General de la República.
Publíquese y regístrese.
Archívese el expediente.
Dada, firmada y sellada en
el Salón de Sesiones de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de
Justicia, en Caracas, a los 07 días del mes de junio dos mil diecisiete (2017).
Años: 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
Sala Constitucional Tribunal
Supremo de Justicia, 07-06-2017, sentencia 441, expediente 17-0519.
La frase del día:
“Cuando una
puerta se cierra, se abren dos”
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