19 de diciembre de 2018

5 preguntas 19-12-2018

¿Qué es la justicia restaurativa?

La justicia restaurativa es un enfoque basado en la comunidad para lidiar con el crimen, los efectos del crimen, y la prevención del crimen. La mayoría de las personas que atraviesan el sistema de justicia criminal actual no lo encuentran una experiencia reparadora o satisfactoria. Las víctimas frecuentemente se sienten nuevamente injustamente tratadas y su sed de justicia insatisfecho. Los acusados dejan más daños y perjuicios. Un proceso de Justicia Restaurativa se basa en una creencia de que el camino de la justicia yace en la resolución de problemas y en la cura antes que en el aislamiento excesivo.

Principios de la justicia restaurativa

Los principios de la justicia restaurativa establecen que cuando una persona comete un crimen:

- Esto es, primero y principal, un acto en contra de las personas y las relaciones; segundo, un acto en contra la comunidad y tercero, un acto en contra la ley.

- Al cometer el crimen, la persona crea una obligación con la víctima, la comunidad, y el estado.

- Cuando el culpable cumple esa obligación, él/ella se responsabiliza por sus acciones, y comienza a comprender y valorar sus relaciones con otras personas, la comunidad, y la ley.

¿Es restaurativa? Las cinco grandes preguntas

Todos los procesos, programas, prácticas y/o actividades pueden ser restaurativos si ellos están basados en los valores, enfocados en los participantes y se apoyan en los tres objetivos de la protección de la comunidad, el desarrollo de habilidades y responsabilidad. Para ayudarlo a evaluar si una intervención es coherente con la justicia equitativa y restaurativa, formule las siguientes cinco preguntas:

1.- ¿El proceso, el programa, la práctica o la actividad muestra una preocupación equitativa a las víctimas, los culpables y la comunidad?

2.- ¿Fomenta la responsabilidad del culpable para reparar los daños causados a la víctima, la familia y la comunidad y se focaliza en la reparación en vez del castigo?

3.- ¿Le brinda oportunidades para diálogo directo y/o indirecto entre los participantes?

4.- ¿Fomenta la colaboración, el reparto de poder y la reintegración en vez del aislamiento o el alejamiento?

5.- ¿Involucra y potencia a la comunidad afectada para que aumente su capacidad de reconocer y responder al mal y al crimen para todos los miembros de la comunidad?

Fuente de la información: Universidad Yacambú. Maestría en Ciencias Penales y Criminológicas. Material de estudio de la materia victimología.

La frase del día
Las cosas materiales son temporales; y las cosas espirituales son eternas

17 de diciembre de 2018

J. Hurtado 17-12-2018

Enlace issuu:

Jacqueline Hurtado de Barrera. El Proyecto de Investigación. Qué es investigar. El “quiénes” de la investigación.

Fuente de la información: Maestría en Ciencias Penales y Criminológicas. Materia: seminario de trabajo de grado. Material de estudio. Universidad Yacambú. Sexto trimestre.

La frase del día
Lo peor es enemigo de lo malo Ley de Murphy II. p. 22

16 de diciembre de 2018

Paradigma concepto 16-12-2018

Enlace issuu:

Paradigmas. Modernidad. Postmodernidad. Positivista. Conocimiento. Ontológico. Cuantitativo. Cualitativo. Ciencia.

La frase del día
Me gusta cuando me recuerdanEl Inolvidable

14 de diciembre de 2018

Paradigmas 14-12-2018

Paradigma. Investigación cuantitativa. Investigación cualitativa. Paradigma cualitativo y cuantitativo. Técnicas de recolección de datos. Positivismo.

Enlace issuu:

Fuente de la información: Maestría en Ciencias Penales y Criminológicas. Materia: seminario de trabajo de grado. Material de estudio. Universidad Yacambú. Sexto trimestre.

La frase del día
Hay una gran diferencia entre hacer algo y hacerlo bien

13 de diciembre de 2018

Penados 13-12-2018

Plan de Desarrollo. Seguridad y Prevención Social. Organizaciones Gubernamentales y no Gubernamentales. Sistema Penitenciario. Estructura. Organización. Funcionamiento. Selección y Clasificación de Penados. Modelo Restaurativo de los Centros Penitenciarios. Programas de Rehabilitación y Vinculación con las Comunidades. Perfil del Penado. Tratamiento. Elementos considerados en la Reeducación de Penados. Redimensión de los Programas del Sistema Penal Venezolano. Casos Prácticos y Vivenciales Nacionales e Internacionales. Planes Estratégicos para el Abordaje del Perfil Delincuencial dentro de los Centros Penitenciarios.

MARCO JURÍDICO: instrumentos legales, principios constitucionales, Instituciones de educación, Políticas Públicas, Fortalecimiento institucional, armonización y transversalización. Modelos de prevención, ciudades seguras. Participación ciudadana, jóvenes.


Fuente de la información: Maestría en Ciencias Penales y Criminológicas. Materia: perfil delincuencial. Universidad Yacambú. Sexto trimestre.

La frase del día 
Las grandes lecciones vienen de maestros inesperados

12 de diciembre de 2018

Rescisión 12-12-2018

NULIDAD

De conformidad con lo consagrado en los artículos 1.077 y 1.078 del Código Civil, la partición puede ser objetada, es decir, se puede solicitar su nulidad, siempre y cuando el coheredero no la crea justa.

Art. 1.077 C.C. “Practicada la partición, cualquier interesado podrá objetarla si no la creyere justa, y continuar la controversia en juicio ordinario con los demás.

Art. 1.078 C.C. “Si dentro de un término que fijará el Juez ninguno de los copartícipes hiciere objeción, la partición quedará concluida, y así lo declarará el Tribunal.

Si entre los herederos hubiere menores, entredichos o inhabilitados, será necesaria la aprobación del Tribunal, previo detenido examen de la partición, para que ésta quede sellada.

RESCISIÓN EN MATERIA DE PARTICIÓN

La manera de objetar la partición se contempla desde el artículo 1.120 del Código Civil venezolano hasta el artículo 1.125, haciendo la objeción de acuerdo con la acción de rescisión, que también aplica para los contratos.

Acción de rescisión: en el caso de no estar de acuerdo con la partición, se intenta la acción de rescisión. La acción de rescisión por lesión, es cuando se ha producido una lesión que exceda de la cuarta parte de la partición.

Art. 1.120 C.C. “Las particiones pueden rescindirse por las mismas causas que dan lugar a la rescisión de los contratos.

Puede también haber lugar a la rescisión, cuando uno de los coherederos ha padecido lesión que exceda del cuarto de su parte en la partición. La simple omisión de un objeto de la herencia, no da lugar a la acción de rescisión, sino a una partición suplementaria.

Art. 1.121 C.C. “La acción de rescisión se da contra todo acto que tenga por objeto hacer cesar entre los coherederos la comunidad de los bienes de la herencia, aun cuando se lo califique de venta, de permuta, de transacción o de cualquiera otra manera.

La acción de rescisión no será procedente contra la transacción celebrada después de la partición, o acto que la supla, sobre dificultades reales que haya presentado el primer acto, aunque no se haya intentado ningún juicio sobre el asunto.

Si la partición ya se ha hecho, pero posteriormente se saben que un bien no estaba incluido en dicha partición, se procede a realizar una partición suplementaria con relación al bien en específico. Eso se tomará como valido.

Art. 1.124 C.C. “El demandado por rescisión puede detener el curso de la acción e impedir una nueva partición, dando al demandante el suplemento de su porción hereditaria en dinero o en especie.

La frase del día
Una única muerte es una tragedia, un millón de muertes es una estadística Iósif Stalin