17 de febrero de 2017

17/2/2017 300 COPP

La frase del día:
Cualquier extremo es malo. Hay que conseguir el punto de equilibrio

CARACTERÍSTICAS de la solicitud de sobreseimiento

1.- Pone fin a la fase preparatoria.

2.- Es personal.

3.- Lo acuerda el Juez.

4.- La decisión judicial que acuerda el sobreseimiento debe estar motivada.

5.- El sobreseimiento produce los mismos efectos de la sentencia absolutoria.

Nota: la diferencia entre el sobreseimiento y la desestimación, es que la solicitud de sobreseimiento se dicta a favor del imputado; y la desestimación versa sobre la causa, no se refiere al imputado.

OPORTUNIDAD procesal para declarar el sobreseimiento

1.- Fase preparatoria: la solicitud de sobreseimiento que realice el Fiscal del Ministerio Público; en la declaratoria con lugar de una de las excepciones.

2.- Fase intermedia: es acordado por el Juez de Control, de conformidad con el artículo 303 del Código Orgánico Procesal Penal.

3.- Fase de juicio: es acordado por el Juez de Juicio (304 Código Orgánico Procesal Penal).

En la solicitud de sobreseimiento se debe identificar plenamente al imputado, se deben señalar las diligencias que se practican, así como el fundamento de hecho y de Derecho, en conjunto con el petitorio.

La frase del día:
Cualquier extremo es malo. Hay que conseguir el punto de equilibrio

16 de febrero de 2017

16/2/2017 Proceso Penal

La frase del día:
Un barco en el puerto es seguro, pero no es para eso que se construyen los barcos.Grace Hopper

¿CÓMO inicia y culmina la fase intermedia?

Inicia cuando el Fiscal del Ministerio Público presenta la acusación ante el Juez de Control; y finaliza con el auto de apertura a juicio. También puede finalizar por el sobreseimiento acordado de oficio, por el Juez de Control.

Nota: en la fase preparatoria se realizan actos de investigación; en la fase intermedia se debate sobre los requisitos formales de la acusación, tiene lugar la audiencia preliminar con todo lo que ello implica; y en la fase de juicio se evacuarán las pruebas, dictándose sentencia absolutoria o condenatoria.

Nota: los aspectos esenciales del proceso penal, son los siguientes: acusación, defensa y decisión.

La frase del día:
Un barco en el puerto es seguro, pero no es para eso que se construyen los barcos.Grace Hopper

15 de febrero de 2017

15/2/2017 Tentativa

La frase del día:
...la repetición es la madre del aprendizaje.La magia de la comunicación; p. 48; Dr. Lair Ribeiro

TENTATIVA y su clasificación

Artículo 80. Código Penal. “Son punibles, además del delito consumado y de la falta, la tentativa de delito y el delito frustrado.

Hay tentativa cuando, con el objeto de cometer un delito, ha comenzado alguien su ejecución por medios apropiados y no ha realizado todo lo que es necesario a la consumación del mismo, por causas independientes de su voluntad.

Hay delito frustrado cuando alguien ha realizado, con el objeto de cometer un delito, todo lo que es necesario para consumarlo y, sin embargo, no lo ha logrado por circunstancias independientes de su voluntad.”

Artículo 81. Código Penal. “Si voluntariamente desiste el agente de continuar en la tentativa, solo incurre en pena cuando los actos ya realizados constituyan, de por sí, otro u otros delitos o faltas.”

La tentativa se clasifica en:

1.- Tentativa abandonada: ocurre cuando el agente, voluntariamente, desiste de continuar en la tentativa.

2.- Tentativa calificada: una vez que el agente ha desistido voluntariamente de continuar en tentativa, solo incurre en pena cuando los actos ya realizados constituyan, de por sí, otro u otros delitos o faltas. La tentativa calificada se relaciona con los actos preparatorios considerados delictivos.

3.- Tentativa impedida: es la tentativa propiamente dicha, es decir, cuando con el objeto de cometer un delito, se comienza a la ejecución del mismo por medios apropiados, y el agente no realiza todo lo necesario para su consumación, por causas independientes de su voluntad.

Nota: no se castiga la falta en grado de tentativa ni la falta en grado de frustración.

La frase del día:
...la repetición es la madre del aprendizaje.La magia de la comunicación; p. 48; Dr. Lair Ribeiro

14 de febrero de 2017

14/2/2017 225 COPP

La frase del día:
Empieza haciendo lo necesario, después lo posible, y de repente te encontrarás haciendo lo imposible.San Francisco de Asis

PARTES de la experticia
225 Código Orgánico Procesal Penal

Parte motiva. Parte descriptiva. Parte expositiva. Parte concluyente.

El dictamen pericial se presenta escrito, firmado y sellado.

La frase del día:
Empieza haciendo lo necesario, después lo posible, y de repente te encontrarás haciendo lo imposible.San Francisco de Asis

14/2/2017 Prosecución

La frase del día:
Empieza haciendo lo necesario, después lo posible, y de repente te encontrarás haciendo lo imposible.San Francisco de Asis

MEDIDAS alternativas a la prosecución del proceso

Son formas anticipadas de terminar el proceso penal.

Supuestos del principio de oportunidad

1.- Cuando se trate de un hecho que, por su insignificancia o poca frecuencia, no afecte gravemente el interés público.

2.- Cuando la participación del imputado se estime de menor relevancia.

3.- Cuando en los delitos culposos, el imputado sufra, a consecuencias del hecho, daño físico o moral, grave.

Acuerdos reparatorios

El Juez podrá acordar acuerdos reparatorios entre el imputado y la víctima, cuando:

1.- El hecho punible recaiga exclusivamente sobre bienes jurídicos disponibles de carácter patrimonial.

2.- Cuando se trate de delitos culposos contra las personas.

Suspensión condicional del proceso

Es una medida alternativa a la prosecución del proceso que aplica en los delitos cuya pena máxima sea igual o inferior a 8 años, siempre que el imputado admita plenamente el hecho que se le atribuye y no se encuentre sujeto a esta medida por otro hecho, ni se hubiere acogido a esta alternativa dentro de 3 años anteriores.

La solicitud debe contener una oferta de reparación del daño causado por el delito y el compromiso del imputado de someterse a las condiciones que le fueron impuestas por el tribunal.

La frase del día:
Empieza haciendo lo necesario, después lo posible, y de repente te encontrarás haciendo lo imposible.San Francisco de Asis

14/2/2017 28 COPP

La frase del día:
Empieza haciendo lo necesario, después lo posible, y de repente te encontrarás haciendo lo imposible.San Francisco de Asis

OBSTÁCULOS al ejercicio de la acción penal

1.- Existencia de la cuestión prejudicial.
2.- Falta de jurisdicción.
3.- Incompetencia del tribunal.
4.- Acción promovida ilegalmente.
5.- Extinción de la acción penal.
6.- Indulto.

La frase del día:
Empieza haciendo lo necesario, después lo posible, y de repente te encontrarás haciendo lo imposible.San Francisco de Asis

13 de febrero de 2017

13/2/2017 Dif. A. C.

La frase del día:
Si tú saltas, yo salto / (Titanic, 1997)

DIFERENCIA ENTRE ARCHIVO FISCAL, ACUSACIÓN Y SOBRESEIMIENTO

La acusación procede cuando se encuentran llenos los extremos legales del artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal, no pone fin al proceso penal y puede dar origen a la apertura del juicio oral.

El sobreseimiento extingue la acción penal, pone fin al proceso y tiene autoridad de cosa juzgada. Debe ser acordado por el Juez de Control cuando él no lo decreta de oficio, o cuando no lo decreta el Juez de Juicio. He aquí otra diferencia en relación con los otros dos actos conclusivos.

Cuando se decreta el archivo fiscal, existe la posibilidad de reabrir la investigación cuando surjan nuevos elementos de convicción, en consecuencia, no pone fin a la investigación.

La frase del día:
Si tú saltas, yo salto / (Titanic, 1997)