13 de marzo de 2013

Sanciones

DERECHO PROCESAL PENAL

Sanciones. Cuando el tribunal estime la mala fe o temeridad en alguno de los litigantes, podrá sancionarlo con multa de 20 a 100 U.T. en el caso de falta grave o reiterada; y, en los demás casos, de hasta 20 U.T. o apercibimiento.

Antes de imponer cualquier sanción procesal se oirá al afectado. En los casos que existan instancia pendiente, las sanciones anteriormente señaladas son apelables.

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