2 de abril de 2015

008610 xxx

NORMAS SOBRE LA ACTUACIÓN DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL ORDEN PÚBLICO, LA PAZ SOCIAL Y LA CONVIVENCIA CIUDADANA EN REUNIONES PÚBLICAS Y MANIFESTACIONES

CAPÍTULO VI
De las Responsabilidades de las y los Efectivos Militares que Intervienen en las Reuniones Públicas y Manifestaciones

Artículo 30. Revisión Periódica de Instructivos y Protocolos. La Fuerza Armada Nacional Bolivariana, en el control del orden público, en reuniones públicas y manifestaciones, revisará periódicamente los protocolos e instructivos correspondientes cuando las condiciones de la evolución técnica y social aconsejen la modificación de procedimientos, rutinas, capacitación y equipamiento vinculados con su intervención.

Fuente: Gaceta Oficial No. 40.589. Resolución No. 008610 de fecha 27 enero 2015.

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