23 de agosto de 2015

Penal Económico

DERECHO PENAL ECONÓMICO

El Derecho penal económico, en un sentido estricto es aquel conjunto de normas jurídico-penales que tutelan el orden económico del Estado, considerando el orden económico como la relación jurídica del intervencionismo del Estado en la economía, que se limitaría, por tanto, a aquella parte del orden económico intervenida directamente por el Estado, es decir, al derecho de dirección de la economía nacional por el Estado, incluyendo el  control de precios, el Derecho penal económico externo, el Derecho penal cambiario, fiscal y aduanero.

 

En un sentido amplio, el Derecho penal económico se configura como el conjunto de normas jurídico-penales que protegen el orden económico, entendido como la regulación jurídica de la producción, distribución y consumo de bienes y servicios. Se extiende la protección  a las figuras delictivas relativas a las quiebras fraudulentas y las insolvencias punibles, a la competencia desleal, la receptación y blanqueo de capitales, la usura, determinadas estafas y fraudes masivos, fraudes alimentarios y farmacológicos  falsedades, malversación de caudales públicos, delitos societarios y a la corrupción pública y privada.

 

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