SERVICIOS PÚBLICOS. REPOSICIÓN DE LA CAUSA
Cuarto: Se fija el CARÁCTER VINCULANTE de la presente interpretación y se ORDENA la publicación íntegra del presente fallo en Gaceta Judicial y en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, bajo el título “Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia con carácter vinculante, en cuanto a que no debe reponerse la causa por falta de notificación de un consejo comunal en las demandas por prestación de servicio público, cuando el mismo no esté directamente relacionado con el caso”.
Sala
Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia; fecha: 29/10/2015; sentencia
No.1347.
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