22 de septiembre de 2016

22-09-2016 Procesal penal (12)

N° de Expediente: C09-027 N° de Sentencia: 157
Tema: Debido proceso y derecho a la defensa
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Inasistencia del acusado (por falta de traslado) y del defensor (reposo) a la celebración de la audiencia ante la corte de apelaciones

...en la decisión de la Corte de Apelaciones se concretaron dos violaciones al debido proceso y a la tutela judicial efectiva del ciudadano acusado... una en la boleta de traslado... (fecha de la audiencia ordenada en el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal), la cual no consta que haya sido recibida por el Director del Internado Judicial de... motivo por el cual no se garantizó el traslado del acusado para el día de la audiencia... la ausencia del acusado no fue por un acto voluntario a través del cual manifestara sin duda, su falta de interés de acceder a los órganos facultados de administrar justicia.

...no excusa el comportamiento de la Defensora Pública... quien alegó como justificación de su inasistencia a la mencionada audiencia ante la Corte de Apelaciones porque “se encontraba de reposo médico, expedido por el servicio médico de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura” pues, si bien demostró su inasistencia por causas no atribuibles a su persona, lo hizo al momento de interponer el recurso de casación... no cuando su defendido necesitó del mismo... indicó su impedimento, superados los tres meses y habiéndose causado un daño en el ejercicio del derecho a la defensa de su representado.

N° de Expediente: 08-59 N° de Sentencia: 727
Tema: Debido proceso y derecho a la defensa
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Indefensión por falta de designación del defensor público. Fase de investigación

corresponde un derecho del imputado en ejercicio de su derecho a la defensa, el nombramiento de su abogado defensor, el cual de conformidad al artículo 125 del Código Orgánico Procesal Penal... puede ser un profesional de su confianza y en caso contrario, corresponde al Estado, nombrar un defensor público, para evitar que se genere un estado de indefensión, al privar o limitar a alguna de las partes el acceso al procedimiento y los medios impugnativos previstos en la ley para hacer valer sus derechos.

...el período de indefensión del ciudadano... se produjo durante la etapa de investigación, la cual en el proceso penal, está destinada para la realización de todos los actos o diligencias tendientes a desvirtuar o comprobar los hechos que se le imputan al posible responsable de la conducta delictual, oportunidad que le fue negada al referido ciudadano.

...el Juez de Control ha debido no sólo tramitar en forma inmediata la designación del abogado defensor público del ciudadano... sino asegurarse del cumplimiento de su mandato con la celeridad obligada, por ser su deber constitucional y legal, por lo cual no debió permitir que al final de la etapa de investigación, se produjese una grave violación al derecho de la defensa del referido ciudadano, consumándose una transgresión al debido proceso y a la tutela judicial efectiva.

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