13 de abril de 2017

13/4/2017 Sentencia 1746

La frase del día:
El tiempo de Dios es perfecto

CONSIGNACIÓN de pruebas complementarias por tener conocimiento de las mismas luego de la presentación del escrito acusatorio

VII
DECISIÓN

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara:

PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la Representación Fiscal, contra la decisión dictada, el 20 de enero de 2011, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón.

SEGUNDO: Se ANULA la referida sentencia, que declaró improcedente in limine litis la acción de amparo constitucional interpuesta.

TERCERO: Se REVISA DE OFICIO la decisión impugnada en amparo.

CUARTO: Se ORDENA la admisión de las pruebas complementarias promovidas al inicio del juicio oral en la causa primigenia.

QUINTO: Se ANULAN todas las actuaciones sucesivas a la declaratoria de inadmisibilidad de las pruebas complementarias.

SEXTO: Se declara la INCOMPETENCIA SOBREVENIDA de la jurisdicción penal ordinaria para el conocimiento y tramitación de la causa primigenia.

SÉPTIMO: Se REPONE la causa al estado de que el Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro, celebre el juicio oral correspondiente.

Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón.

Remítase copia certificada del presente fallo al Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón.

Cúmplase lo ordenado.

Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los días 18 del mes de  NOVIEMBRE dos mil once. Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación.


La frase del día:
El tiempo de Dios es perfecto

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