23 de octubre de 2017

23/10/2017 T. Mixto

N° de Expediente: C10-203 N° de Sentencia: 530
Tema: Tribunal Mixto
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: No pueden desempeñarse como escabinos los abogados, los profesores universitarios de disciplinas jurídicas o funcionarios de diversos organismos públicos...
Lunes, 06 de diciembre de 2010

... Así mismo, resulta evidente que al momento de la constitución del tribunal con escabinos, se deben alegar las razones por las cuales procederían causales de recusación, inhibición o excusa por parte de los jueces, y una de ellas sería que los escabinos infrinjieran las prohibiciones previstas en los artículos 149 y 152 de la ley penal adjetiva, entre ellas, que no pueden desempeñar dicho cargo, los abogados, los profesores universitarios de disciplinas jurídicas o funcionarios de diversos organismos públicos, y ello es así precisamente para evitar que el conocimiento jurídico que pueda tener el escabino influya o interfiera en la labor del Juez Presidente del Tribunal Mixto.

N° de Expediente: C10-203 N° de Sentencia: 530
Tema: Tribunal Mixto
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Deliberación. La Calificación jurídica de los hechos y la imposición de la pena en caso de culpabilidad
Lunes, 06 de diciembre de 2010

... la calificación jurídica de los hechos establecidos y la imposición de la pena en caso de culpabilidad corresponden sólo al Juez Presidente del Tribunal Mixto, y la presencia de los escabinos en ese momento no supone una interferencia o invasión de competencia a dicha labor del juez presidente.

N° de Expediente: C08-395 N° de Sentencia: 251
Tema: Tribunal Mixto
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Participación de un escabino en varios juicios simultáneos
Martes, 26 de mayo de 2009

... la ciudadana Escabino ... no podía participar como tal, en el presente proceso, por estar asistiendo en otra causa penal... Esta Sala evidencia de las actas cursantes, que la mencionada ciudadana en efecto participaba como Escabino en dicha causa, pero que tal circunstancia no es impedimento para el ejercicio de dicha función, toda vez que el artículo 154 del Código Orgánico Procesal Penal al señalar las causales de excusa para actuar como escabino, expresamente se refiere a las mismas como una situación potestativa para aquellos que resulten designados como escabinos...

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!