Método de reconocido valor técnico.- Es una sucesión de pasos ligados entre sí por un propósito verificable, comprobable, operativo y fidedigno.
Modalidades.- Forma de colocación del reaseguro, excluyéndose para efectos de aplicación de la presente norma, la colocación de los reaseguros facultativos.
Nivel gerencial.- Autonomía para tomar decisiones. Nivel que cuenta con facultades y atribuciones para tomar decisiones en la gestión de un sujeto obligado.
Ocupación.- Es la actividad económica que habitualmente desempeña el cliente, tanto al inicio como durante el transcurso de la relación comercial.
Oficial de cumplimiento.- Es el funcionario de alto nivel, que debe contar con suficiente independencia para la toma de decisiones, responsable de verificar la aplicación de la normativa inherente a la prevención de lavado de activos, ejecutar el programa de cumplimiento tendiente a evitar que la entidad sea utilizada para lavar activos; y, velar por la observancia e implementación de los procedimientos, controles y buenas prácticas necesarias para la prevención de lavado de activos.
Operación o transacción económica inusual e injustificada.- Es aquella operación o transacción que no guarda correspondencia con los patrones regulares de las actividades económicas que habitualmente realiza el cliente, y cuyo origen no puede ser justificado.
Fuente electrónica de la información:
La frase del día
"El primer método para estimar la inteligencia de un gobernante, es observar a los hombres que lo rodean" - Nicolás Maquiavelo
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