28 de octubre de 2017

28/10/2017 Proceso Penal [21]

La frase del día:
Hice un acuerdo de coexistencia pacífica con el tiempo: ni él me persigue, ni yo huyo de él, un día nos encontraremos Mario Lago

N° de Expediente: 96-1318 N° de Sentencia: 0671
Tema: Proceso Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Presencia del Juzgador en el acto de informes
Miércoles, 08 de agosto de 2001

El acto de informes, es un acto de inmediatez procesal por lo tanto debe ser presenciado por la juzgadora que va a dictar la sentencia

N° de Expediente: 96-1318 N° de Sentencia: 0671
Tema: Proceso Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Acto de informes. Carácter esencial
Miércoles, 08 de agosto de 2001

El carácter esencial del acto de informes, es la oportunidad que la ley otorga a las partes para que ante el Juez, se den las explicaciones definitivas sobre el problema jurídico planteado. En este acto el Juez va a conocer directamente los alegatos finales de las partes y por ello al dejarse de realizar tal acto ante el juzgador quien decidirá, se viola el derecho a la defensa, principio este consagrado constitucionalmente y desarrollado en las normas procesales tanto del derogado Código de Enjuiciamiento Criminal, como en el actual Código Orgánico Procesal Penal.

La frase del día:
Hice un acuerdo de coexistencia pacífica con el tiempo: ni él me persigue, ni yo huyo de él, un día nos encontraremos Mario Lago

28/10/2017 TSJ

La frase del día:
Hice un acuerdo de coexistencia pacífica con el tiempo: ni él me persigue, ni yo huyo de él, un día nos encontraremos Mario Lago

N° de Expediente: 01-2244 N° de Sentencia: 1916
Tema: Tribunal Supremo de Justicia
Materia: Derecho Constitucional
Asunto: La Sala Constitucional como guardián y garante del derecho positivo
Martes, 13 de agosto de 2002

El Estado tiene la obligación de garantizar a toda persona el ejercicio y goce de los derechos a través de los órganos de Poder Público; asimismo tiene el deber de contribuir a la observancia y realización de tales derechos. Ahora bien, el Tribunal Supremo de Justicia, porque es un órgano del Poder Público, y la Sala Constitucional, porque es guardián y garante del derecho positivo existente y en protección de los derechos humanos de los particulares, está en la obligación de vigilar cualquier hecho, acto u omisión que pueda menoscabar una garantía o derecho constitucional, que, a su vez, pueda desembocar en una vulneración incontestable del orden público constitucional. Así, este órgano jurisdiccional puede y debe, de oficio y en resguardo del orden público constitucional que pueda verse quebrantado por una decisión judicial de cualquier tribunal de la República, dejar sin efectos dichas resoluciones judiciales, con el propósito de garantizar la integridad y supremacía de la Constitución.

N° de Expediente: 00-1712 N° de Sentencia: 33
Tema: Tribunal Supremo de Justicia
Materia: Derecho Constitucional
Asunto: De la Sala Constitucional
Jueves, 25 de enero de 2001

Las atribuciones de la Sala Constitucional, referidas en el artículo 336 de la Constitución, deben entenderse como expresiones jerárquicas y procesales del sistema de salvaguarda de la Constitución y de las actividades a través de las cuales, históricamente, se han venido desempeñando los tribunales con competencia en materia de garantía constitucional. Tales atribuciones, en función del principio de supremacía constitucional, definen una determinada tarea, que, por derivada, corresponde a la naturaleza mas no cubren la esencia toda de la materia constitucional, lo cual es tanto como decir que, si bien esos perfiles están presentes en la propia Constitución y aun en normas de rango inferior, cumplen en gran medida un rol procesal en el campo restringido para el cual el constituyente o el legislador los previó, pero, no pueden ser usados como criterios de interpretación que agoten la institución de la tutela constitucional que le corresponde a esta Sala.

N° de Expediente: 00-0688 N° de Sentencia: 158
Tema: Tribunal Supremo de Justicia
Materia: Derecho Constitucional
Asunto: Jerarquía de las Salas del Tribunal Supremo de Justicia
Martes, 28 de marzo de 2000

(...) dentro de la estructura del Alto Tribunal, no se encuentra una Sala que tenga preeminencia sobre el resto de las mismas, ya que tal como quedó expuesto, todas las Salas conservan el mismo grado de jerarquía dentro de dicho órgano, atendiendo a las materias que le competen a cada una de ellas.

N° de Expediente: 00-0688 N° de Sentencia: 158
Tema: Tribunal Supremo de Justicia
Materia: Derecho Constitucional
Asunto: Interposición de recursos contra decisiones de las otras Salas del Tribunal Supremo de Justicia
Martes, 28 de marzo de 2000

(...) resulta infundada la pretensión de nulidad intentada por la recurrente en contra del dispositivo normativo contenido en el artículo 1 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, que prohíbe la admisión de recursos contra decisiones dictadas por el Tribunal Supremo de Justicia en cualquiera de sus Salas, ya que tal como ha quedado expuesto, la intención del Constituyente no fue la creación de un órgano supremo de justicia como máximo garante de la administración de justicia, con una Sala a su vez, con mayor jerarquía o preeminencia sobre el resto de las Salas.

La frase del día:
Hice un acuerdo de coexistencia pacífica con el tiempo: ni él me persigue, ni yo huyo de él, un día nos encontraremos Mario Lago

27 de octubre de 2017

27/10/2017 Proceso Penal [20]

La frase del día:
Aunque nadie ha podido regresar y hacer un nuevo comienzo, cualquiera puede volver a comenzar y hacer un nuevo final

N° de Expediente: C02-0200 N° de Sentencia: 344
Tema: Proceso Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Decisiones que otorguen la suspensión condicional del proceso, no son recurribles en casación
Martes, 09 de julio de 2002

la suspensión condicional del proceso está sujeta al cumplimiento de las condiciones impuestas por el sentenciador, durante el lapso de dos (2) años, tiempo en el cual si el imputado no se ciñe a ellas, se procederá a la reanudación del proceso (artículo 46 ejusdem) o si, por el contrario, las cumple, el juez decretará el sobreseimiento de la causa (artículo 45 ibidem), razón por la cual, tratándose de una suspensión condicionada, es evidente que la misma no pone fin al juicio.

N° de Expediente: 01-0578 N° de Sentencia: 003
Tema: Proceso Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: El proceso como garantía para los sujetos procesales
Viernes, 11 de enero de 2002

El proceso se presenta en consecuencia como una garantía para todos los sujetos procesales y no tan sólo para el imputado, sino también para todos aquellos que intervienen en el conflicto penal planteado como consecuencia del hecho punible; en el cual pueden intervenir el imputado, la víctima, la sociedad y el mismo Estado representado a través de cualquiera de sus órganos procesales.

La frase del día:
Aunque nadie ha podido regresar y hacer un nuevo comienzo, cualquiera puede volver a comenzar y hacer un nuevo final

27/10/2017 Proceso Penal [19]

La frase del día:
Aunque nadie ha podido regresar y hacer un nuevo comienzo, cualquiera puede volver a comenzar y hacer un nuevo final

N° de Expediente: C02-0288 N° de Sentencia: 400
Tema: Proceso Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Sistema acusatorio. Ejercicio del Ius Puniendi
Miércoles, 14 de agosto de 2002

Nuestro actual sistema procesal adoptó el principio acusatorio, según el cual resulta inviable un proceso penal sin la acusación del Ministerio Público. El ejercicio del ius puniendi corresponde, pues, en nuestra legislación, a esta institución, a excepción de los delitos reservados a la instancia de la parte agraviada (artículos 285, numeral 4°, de la Constitución, 11 y 24 del Código Orgánico Procesal Penal y 11 de la Ley Orgánica del Ministerio Público).

La frase del día:
Aunque nadie ha podido regresar y hacer un nuevo comienzo, cualquiera puede volver a comenzar y hacer un nuevo final

27/10/2017 Economía P. [12]

La frase del día:
Aunque nadie ha podido regresar y hacer un nuevo comienzo, cualquiera puede volver a comenzar y hacer un nuevo final

Guía de Economía Política

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

Tema # 10 El Ciclo Económico  

Índice de la Inflación: Para medir la inflación se crean diferentes índices, pero el índice más utilizado mayormente es el IPC, es decir, Índice de Precios al Consumidor; el cual es un indicador estadístico, que me indica porcentualmente la variación de precios de servicios y bienes más representativos de un consumo familiar.

También hay otros índices como el IPM (Índice de Precios al Mayorista), Índices de Precios al Productor.
La Hiperflanción, la Estanflación y la Deflación
La Hiperflanción es sencillamente una inflación excesivamente alta.
La Estanflación indica la simultaneidad del alza de pecios (inflación monetaria) y un aumento del desempleo. Se dice que la Estanflación es uno de los perores escenarios económicos que pueden vivir los países por lo difícil de manejar y corregir tal acción.
La Deflación es todo lo contrario de la Inflación Monetaria, es decir, es la caída sostenida y generalizada del nivel de precios de bienes y servicios. (La misma puede tener lugar por una carencia en la demanda).
Consecuencias de la Inflación Monetaria
Salen perdiendo unos y salen ganando otros, es decir, los que no tienen, tienen menos y los que tienen, tienen más. Salen ganando los vendedores, porque la inflación hace subir los precios de una manera exagerada fuera del margen de lo normal. Y salen perdiendo los compradores (consumidores), ya que la inflación repercuta de una manera negativa hacia los consumidores por el alza excesiva de precios.

Medidas Anticíclicas
Son medidas que se toman para contrarrestar la recesión del Ciclo Económico.

La frase del día:
Aunque nadie ha podido regresar y hacer un nuevo comienzo, cualquiera puede volver a comenzar y hacer un nuevo final

27/10/2017 Economía P. [11]

La frase del día:
Aunque nadie ha podido regresar y hacer un nuevo comienzo, cualquiera puede volver a comenzar y hacer un nuevo final

Guía de Economía Política

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

Tema # 10 El Ciclo Económico  
                                     
Ciclo Económico: Un ciclo económico, en consecuencia, son los movimientos económicos oscilatorios, cuyas fases son coyunturas de altas y bajas posiciones en las actividades económicas.

Fases del Ciclo Económico

* Depresión crisis: Hay períodos de estancamiento donde prácticamente se detiene el proceso de producción. Constituye la verdadera caída de la economía, en esta fase se van formando los elementos que permitan pasar a la otra fase.

* Recuperación o Expansión: Fase del ciclo económico que se caracteriza por la reanimación de las actividades económicas, aumenta el empleo, la producción, la inversión y las ventas.

* Auge: También se conoce como ascenso. Es el punto álgido de la fase de recuperación. Determina el momento en el que bien por la existencia de rigideces o bien por haber alcanzado el pleno empleo en la fase anterior se interrumpe el crecimiento de la economía.

* Recesión: Es la fase descendente del ciclo. Es la fase en el que se produce una caída importante de la inversión, la producción y el empleo. La recesión puede producirse de forma suave o abrupta.

Características

* Recurrencia: Los ciclos económicos son movimientos recurrentes con ritmo libre. Significa que son fluctuaciones que se repiten en el tiempo.

* Amplitud o profundidad: También llamada magnitud. La amplitud de diversas series que determina la profundidad o magnitud de la fluctuación, varía considerablemente.

* Tiempo: Una de las características más importantes del ciclo económico es que coinciden en el tiempo las fases de expansión y de contracción de muchas series económicas.

 * Forma: La forma del ciclo económico es ondulatoria donde se identifican cuatro elementos definitorios: expansión, auge, contracción y punto mínimo.

* Duración: Se puede hablar de duración al periodo de tiempo que abarca un ciclo económico.

Inflación Monetaria: En economía la inflación es todo aumento sostenido y generalizado del nivel de precios de bienes y servicios. Se define también como la caída del poder adquisitivo de una moneda en una economía en particular, lo que se diferencia de la devaluación, dado que ésta última se refiere a la caída en el valor de la moneda de un país en relación a otras monedas cotizadas en los mercados internacionales, como lo sería el euro, el yen y el dólar estadounidense.

La frase del día:
Aunque nadie ha podido regresar y hacer un nuevo comienzo, cualquiera puede volver a comenzar y hacer un nuevo final

27/10/2017 Proceso Penal [18]

La frase del día:
Aunque nadie ha podido regresar y hacer un nuevo comienzo, cualquiera puede volver a comenzar y hacer un nuevo final

N° de Expediente: 03-0143 N° de Sentencia: 094
Tema: Proceso Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Incidencias relacionadas con la competencia subjetiva del Juez
Miércoles, 13 de abril de 2005

Las incidencias relacionadas con la competencia subjetiva del juez deben ser decididas por los juzgadores de instancia de acuerdo con el Código Orgánico Procesal Penal y la Ley Orgánica del Poder Judicial.

N° de Expediente: R02-0381 N° de Sentencia: 424
Tema: Proceso Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Presunción de inocencia
Martes, 24 de septiembre de 2002

El establecimiento de crímenes y de su autoría y culpabilidad, es de la exclusiva competencia del Poder Judicial y sólo después de todo un debido proceso penal conducido por los tribunales correspondientes (en el sentido del artículo 253 constitucional). Será entonces cuando se pueda saber a ciencia cierta si unos determinados hechos son criminosos y sobre quiénes ha de recaer la pena por ser culpables de los mismos. Pero, mientras tanto, deben ser considerados inocentes todos los acusados de hechos delictuosos. O, por lo menos, jamás debe declararse apriorísticamente su culpabilidad y sin fórmula de juicio.

La frase del día:
Aunque nadie ha podido regresar y hacer un nuevo comienzo, cualquiera puede volver a comenzar y hacer un nuevo final