24 de enero de 2013

Inexcusabilidad

DERECHO PENAL
Código Penal. 13 abril 2.005. Gaceta Oficial 5.768.
Código Civil. 26 julio 1.982. Gaceta Oficial 2.990.

Inexcusabilidad. 
El Código Penal contempla que el hecho de ignorar o de no conocer la ley no excusa de su cumplimiento. De igual forma el Código Civil establece que la ignorancia de la ley no excusa de que la misma sea cumplida.

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