16 de febrero de 2013

Autoridad del Juez. I

DERECHO PROCESAL PENAL

Autoridad del Juez. I. Los jueces cumplirán y harán cumplir las sentencias y autos dictados en ejercicio de sus atribuciones legales.

Para el mejor cumplimiento de las funciones de los jueces, las demás autoridades de la República Bolivariana de Venezuela están obligadas a prestar su colaboración cuando sea requerida en el desarrollo del proceso penal.

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