DERECHO PENAL
Inhabilitación política. La inhabilitación política no puede imponerse como pena principal, sino como pena accesoria, tanto a la pena de prisión como a la pena de "presidio".
Los efectos de la inhabilitación política son los siguientes:
1º Privación de los cargos o empleos públicos/políticos que tenga el penado.
2º La incapacidad, durante el tiempo de la condena, para obtener otros cargos públicos/políticos.
3º La incapacidad para el goce del derecho activo y pasivo del sufragio.
El condenado, de igual forma, perderá toda dignidad o condecoración oficial que se le haya conferido, sin poder obtener las mismas, ni ninguna otra durante el tiempo de la condena.
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