LA IMPUTABILIDAD O CAPACIDAD DE CULPABILIDAD
La culpabilidad se basa en que
el autor de la infracción penal, del tipo de injusto, del hecho típico y
antijurídico, tenga las facultades psíquicas y físicas mínimas requeridas para
poder ser motivado en sus actos por los mandatos normativos. Al conjunto de
estas facultades mínimas requeridas para considerar a un sujeto culpable por
haber hecho algo típico y antijurídico, se le llama IMPUTABILIDAD o, más
modernamente, CAPACIDAD DE CULPABILIDAD. Quien carece de esta capacidad, bien
por no tener la madurez suficiente, bien por sufrir graves alteraciones
psíquicas, no puede ser declarado culpable y, por consiguiente, no puede ser
responsable penalmente de sus actos, por más que estos sean típicos y
antijurídicos.
Fuente: Teoría general del delito; segunda
edición. Francisco Muñoz Conde. Editorial TEMIS S. A. Bogotá - Colombia 2008.
p.107.
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