10 de febrero de 2015

Consecuencias V

DERECHO ROMANO

CONSECUENCIAS DEL ACTO ILÍCITO


c) Composición legal.

Debido a los excesos cometidos por el ofendido, las leyes establecieron que el derecho de éstos se limitaba a obtener del ofensor una pena pecuniaria, cuyo monto fijaban.

Pero, como el pago inmediato ofrecía dificultades, se otorgaba un plazo al ofensor, quien debía dar garantías mediante el nexum.

Inicialmente, el deudor constituía su propia persona como garantía, pero luego esta situación evoluciona y se permite entonces, que un tercero vindex pague por él, o se responsabilice por la deuda; toda esta situación fue modificada por la ley Poetelia Papiria, prohibiendo esa garantía y ejecutándose las obligaciones en lo adelante en el patrimonio.

Fuente: Anotaciones y comentarios sobre Derecho Romano. Tomo I. Chibly Abouhamad Hobaica. Universidad Central de Venezuela. Ediciones de la Bilioteca-EBUC. Caracas, 2014. p.307.

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