10 de febrero de 2015

Ley Habilitante

DERECHO CONSTITUCIONAL

LEYES HABILITANTES
 

Las leyes habilitantes son las sancionadas por las tres quintas partes de los integrantes de la Asamblea Nacional, a fin de establecer las directrices, propósitos y marcos de las materias delegadas al Presidente de la República, con rango y valor de ley. Las leyes habilitantes deben fijar el plazo de su ejercicio.

Fuente: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!