2 de marzo de 2015

Pronóstico de Condena

Desde el año 2005 se comenzó a aplicar en el Tribunal Supremo de Justicia una teoría llamada EL PRONÓSTICO DE CONDENA.

Cuando el Ministerio Público presente su escrito acusatorio en la audiencia preliminar, el juez puede, a instancia de parte o de oficio, advertir que la oferta probatoria del Ministerio Público es insuficiente porque no va a demostrar eso: el delito que se persigue o la vinculación de la persona con ese delito.

Cuando no hay suficiente base probatoria para lograr una sentencia condenatoria una vez que el fiscal del Ministerio Público acusa, el juez, de oficio, se da cuenta que la oferta probatoria es insuficiente para crear una condena, le evita a la persona lo que en la doctrina española se conoce como “La Pena de Banquillo”.

Cuando hay precariedad probatoria por parte del Ministerio Público, la solución que puede acordar el Juez de Control en la audiencia preliminar es decretar el sobreseimiento aplicando el Pronóstico de Condena.

Doctrina española: Pena de Banquillo.

Fuente: Clases de postgrado de Derecho Penal y Criminología. Cuarto Trimestre. Materia: Jurisprudencia Constitucional y Penal. Universidad Gran Mariscal de Ayacucho (UGMA), Barcelona, estado Anzoátegui.

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