18 de abril de 2016

18-04-2016 Proceso (63)

Frase reflexiva:
Educad a los niños y no será necesario castigar a los hombres Pitágoras

TEORÍA DEL PROCESO
JORGE SALAZAR RANGEL

LA ACCIÓN Y LA EXCEPCIÓN EN EL PROCESO CIVIL

Naturaleza Jurídica de la Acción y de la Excepción

La NJ de la acción es un ataque y la NJ de la excepción es una defensa.

También tenemos que la NJ de ambas es una facultad, un derecho subjetivo ya que ninguna de las partes está obligada a ejercer, ya sea la acción o la excepción.

La Acción Penal

En materia penal el ejercicio de la acción penal está monopolizado por el Estado, siendo éste último quien la ejerce a través del Ministerio Público cuando estamos en presencia de los delitos de orden público; aquí la excepción sería que los particulares pueden ejercer dicha acción cuando los delitos proceden a instancia de parte.

P.D. En la parte civil la acción es una facultad de la cual gozan todas las personas; el ejercicio de la acción civil está plenamente en manos de cualquier particular.

Frase reflexiva:
Educad a los niños y no será necesario castigar a los hombres Pitágoras

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