1 de mayo de 2016

01-05-2016 Introducción II (07)

Frase reflexiva:
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INTRODUCCIÓN AL DERECHO (II)
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

EL NEGOCIO JURÍDICO

Clases de Negocios Jurídicos

1. a Típicos: Son aquellos negocios jurídicos con características comunes a los de una especie de negocios jurídicos, estudiados colectiva y comúnmente. Están tipificados en la ley. Ejemplo: el arrendamiento.

1. b Atípicos: Son el conjunto de negocios jurídicos con características propias y especiales, no de común regulación normativa. No están tipificados en la ley.

2. a Inter-vivos: Son los negocios jurídicos que se realizan entre vivientes, es decir, entre personas vivas; es un acto entre vivos.

2. b Mortis-causa: Son aquellos negocios jurídicos cuyos efectos se producen después de la muerte de una persona. Ejemplo: el testamento.

3. a Familiares: Son aquellos negocios jurídicos cuyo objeto son las relaciones de familia, o nacientes del concepto general de familia. Tienen su objeto en tutelar y regular nociones fundamentales de familia. Ejemplo: la adopción, curatela, etc.

3. b Patrimoniales: Constituyen los negocios jurídicos cuyo objeto recae sobre el conjunto de derechos y obligaciones pecuniarias de una o más personas. Ejemplo: la compra-venta, el mutuo, etc.

4. a Onerosos: Se consideran negocios jurídicos onerosos, cuando las partes tratan de procurarse una ventaja mediante un equivalente. Ejemplo: la compra-venta, el arrendamiento.

4. b Gratuitos: Son siempre negocios jurídicos unilaterales, cuando una de las partes trata de procurarle a la otra una ventaja, sin equivalente. Ejemplo: la donación, el comodato.

5. a Solemnes: Constituyen los negocios jurídicos los cuales dependen para su validez de la observancia de las formas establecidas, es decir, para su perfeccionamiento se requiere de solemnidades o formalidades. Ejemplo: el nexum (Derecho Romano II).

5. b No solemnes: Son aquellos negocios jurídicos que para su validez o perfeccionamiento no dependen de la observancia de ninguna formalidad o solemnidad.

6. a Principales: Constituyen aquellos negocios jurídicos que tienen la razón de su existencia, un negocio jurídico principal; es decir, no está supeditada su existencia a ningún otro negocio y puede existir por sí solo. Ejemplo: la compra-venta.

6. b Accesorios: Constituyen aquellos negocios jurídicos que tienen la razón de su existencia en el cumplimiento de una obligación previa, en un contrato anterior, y para su perfeccionamiento dependen de la existencia de un negocio jurídico principal; es decir, son aquellos que no pueden existir por sí solos. Ejemplo: la hipoteca.

7. a Verdaderos: Consagran la realización real y efectiva de un Negocio Jurídico valioso.

7. b Simulados: Constituyen la realización simulada de un Negocio Jurídico valioso sin ninguna consecuencia jurídica real.

8. a Directos: Constituyen aquellos negocios jurídicos que buscan un fin directo sin pretender fines intermedios.

8. b Indirectos: Constituyen aquellos negocios jurídicos que no persiguen un fin directo.

9. Los negocios fiduciarios: Es materia sucesoral; los negocios fiduciarios se constituyen cuando una persona, cumpliendo el mandato del testador o fideicomitente, debe conservar y transmitir toda la herencia o parte de ella a un tercero llamado fideicomisario.

10. Negocios de atribución patrimonial o enriquecimiento: Constituyen los negocios jurídicos mediante los cuales las partes tratan de procurarse ventajas económicas mediante retribuciones poco equivalentes.

11. a Unilaterales: Son unilaterales, cuando basta para formarlo la voluntad de una sola persona; como por ejemplo: el testamento.

11. b Bilaterales: Son negocios jurídicos bilaterales cuando requieren el consentimiento unánime de dos o más personas. Ejemplo: el arrendamiento, la compra-venta, etc.

12. El contrato: El artículo 1133 del Código Civil, establece lo siguiente: El contrato es una convención entre dos o más personas para constituir, reglar, transmitir, modificar o extinguir entre ellas un vínculo jurídico.

Bibliografía

   Introducción a los Principios Generales del Derecho Parte 1 y Parte 2.
   Salazar M. Luís M.
   Primera Edición: Fundación Sypal
   Caracas, Venezuela. Diciembre de 1993.
   Segunda Edición: Fondo Editorial de la Universidad Santa María.
   Caracas, Venezuela. Diciembre de 1994.

   Didáctica de la Introducción al Derecho.
   Quintana Benshimol Levy.
   Primera Edición: Julio de 1999.
   Editor: Buchivacoa, C.A.

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