1 de mayo de 2016

01-05-2016 Introducción II (09)

Frase reflexiva:
Un mago nunca revela sus trucos

INTRODUCCIÓN AL DERECHO (II)
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

EL NEGOCIO JURÍDICO

* Clases

   Se dividen en: comunes y especiales.

1) Comunes: Los comunes corresponden a todo Negocio Jurídico; como por ejemplo: la declaración de voluntad (el consentimiento).

   Se subdividen en subjetivos y objetivos.

1. a Subjetivos: Los elementos esenciales subjetivos son la capacidad de los otorgantes, la voluntad interna no viciada, la declaración de la voluntad y la concordancia entre la voluntad interna y la declarada.

   La declaración de voluntad es la manifestación que se requiere para la validez de los actos jurídicos que tengan por objeto crear, transferir, modificar o extinguir derechos y obligaciones. La declaración de voluntad puede ser expresa o tácita.

- Declaración de voluntad expresa: Se refiere cuando se manifiesta verbalmente, por escrito o por otros signos inequívocos con referencia a determinados objetos.

- Declaración de voluntad tácita: Se refiere cuando se manifiesta mediante actos por los cuales se puede conocer por certidumbre la existencia de la voluntad; en los casos en que no se exige una expresión positiva o cuando no haya una protesta o declaración expresa contraria.

   En los Requisitos tenemos cuatro (4) fundamentales:

1. a1 Capacidad del declarante.

1. a2 Voluntad interna no viciada/vicios que pueden afectarla. (Violencia física, violencia moral o intimidación, el dolo, el error con sus respectivas clases y la ignorancia).

1. a3 Las declaraciones de voluntad: Puede ser dividida en dos (2) grandes grupos:

1. a3 1 Por los medios empleados: Las declaraciones pueden hacerse a través de ciertos actos y por medio de la palabra oral o escrita e incluso por el silencio. El que calla no afirma ni niega pero aquél que guarda silencio debiendo hablar y no lo hace, se entiende que declara.

1. a3 2 Por la ley: Las declaraciones pueden ser formales y no formales.

1. a4 Concordancia de la voluntad manifiesta con la voluntad interna del declarante.

1. b Objetivos: Son el objeto, la causa y el consentimiento (y forma de expresar el mismo).   

1. b1 El objeto: Es un elemento esencial del Negocio Jurídico. En sentido muy simple, se puede decir que se trata de aquello sobre lo cual recae el Negocio Jurídico. Si el mismo es una cosa, se le llamará “Real” y si versa sobre alguna actividad humana, se le denominará “Prestación”.

1. b2 La causa: También es otro elemento esencial del Negocio Jurídico. En sentido simple, se trata del motivo o razón por la cual se celebra el Negocio Jurídico. La misma debe ser lícita.

   Si el fundamento jurídico (la causa), no existiese el negocio es nulo, pues su eficacia jurídica depende precisamente de ella.

1. b3 El consentimiento: Es otro elemento esencial del Negocio Jurídico. La palabra “Consentir”, significa en la acepción que nos interesa, aceptar, aprobar, acceder.

   Se trata de la manifestación de voluntad libremente destinada a producir efectos jurídicos, esto es, sin vicios, que son: el error, el dolo o la violencia.

   El consentimiento se consolida con la congruencia entre la oferta, y su aceptación.

   También se puede decir que el consentimiento es la manifestación de voluntad conforme entre la oferta y la aceptación.

1. b3 1 Clases de formas, es decir, las formas de poder expresar el consentimiento.

   Tenemos que pueden ser:

a) Forma voluntaria: Es la forma que aceptan y convienen las partes para la realización del Negocio Jurídico. Esta forma podrá verificarse contraria a derecho.

b) Forma legal: Es cuando la Ley prescribe alguna forma determinada. Se llama. Se llama así a los requisitos o solemnidades que acompañan o revisten a los actos jurídicos.

c) Forma verbal u oral: El contrato verbal consagra la forma verbal de verificación del Negocio Jurídico, es decir, el mismo se reviste verbalmente.

d) Forma escrita: Está consagrada en aquel tipo de Negocio Jurídico que es verificado o revestido por medio de un documento o folio.

e) Forma privada: Son aquellas formas que se verifican cuando las manifestaciones de voluntad se han plasmado en un documento privado.

2) Especiales: Corresponde a cierto grupo, a una categoría de negocio. Por ejemplo: en consentimiento, ya sea en los contratos, o en el precio en la  compra-venta.

Bibliografía

   Introducción a los Principios Generales del Derecho Parte 1 y Parte 2.
   Salazar M. Luís M.
   Primera Edición: Fundación Sypal
   Caracas, Venezuela. Diciembre de 1993.
   Segunda Edición: Fondo Editorial de la Universidad Santa María.
   Caracas, Venezuela. Diciembre de 1994.

   Didáctica de la Introducción al Derecho.
   Quintana Benshimol Levy.
   Primera Edición: Julio de 1999.
   Editor: Buchivacoa, C.A.

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