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INTRODUCCIÓN AL DERECHO (II)
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
EL NEGOCIO JURÍDICO
* Clases
Se dividen en: comunes y especiales.
1) Comunes: Los comunes corresponden a todo Negocio
Jurídico; como por ejemplo: la declaración de voluntad (el consentimiento).
Se subdividen en
subjetivos y objetivos.
1. a Subjetivos: Los elementos esenciales subjetivos son la
capacidad de los otorgantes, la voluntad interna no viciada, la declaración de
la voluntad y la concordancia entre la voluntad interna y la declarada.
La declaración de
voluntad es la manifestación que se requiere para la validez de los actos
jurídicos que tengan por objeto crear, transferir, modificar o extinguir
derechos y obligaciones. La declaración de voluntad puede ser expresa o tácita.
- Declaración de voluntad expresa: Se refiere cuando se
manifiesta verbalmente, por escrito o por otros signos inequívocos con
referencia a determinados objetos.
- Declaración de voluntad tácita: Se refiere cuando se
manifiesta mediante actos por los cuales se puede conocer por certidumbre la
existencia de la voluntad; en los casos en que no se exige una expresión
positiva o cuando no haya una protesta o declaración expresa contraria.
En los Requisitos
tenemos cuatro (4) fundamentales:
1. a1 Capacidad del declarante.
1. a2 Voluntad interna no viciada/vicios que pueden afectarla. (Violencia física, violencia moral o
intimidación, el dolo, el error con sus respectivas clases y la ignorancia).
1. a3 Las declaraciones de voluntad: Puede ser dividida en
dos (2) grandes grupos:
1. a3 1 Por los medios empleados: Las declaraciones pueden
hacerse a través de ciertos actos y por medio de la palabra oral o escrita e
incluso por el silencio. El que calla no afirma ni niega pero aquél que guarda
silencio debiendo hablar y no lo hace, se entiende que declara.
1. a3 2 Por la ley: Las declaraciones pueden ser formales y
no formales.
1. a4 Concordancia de la voluntad manifiesta con la
voluntad interna del declarante.
1. b Objetivos: Son el objeto, la causa y el consentimiento
(y forma de expresar el mismo).
1. b1 El objeto: Es
un elemento esencial del Negocio Jurídico. En sentido muy simple, se puede
decir que se trata de aquello sobre lo cual recae el Negocio Jurídico. Si el
mismo es una cosa, se le llamará “Real” y si versa sobre alguna actividad
humana, se le denominará “Prestación”.
1. b2 La causa: También
es otro elemento esencial del Negocio Jurídico. En sentido simple, se trata del
motivo o razón por la cual se celebra el Negocio Jurídico. La misma debe ser
lícita.
Si el fundamento
jurídico (la causa), no existiese el negocio es nulo, pues su eficacia jurídica
depende precisamente de ella.
1. b3 El consentimiento: Es otro elemento esencial del Negocio Jurídico. La palabra
“Consentir”, significa en la acepción que nos interesa, aceptar, aprobar, acceder.
Se trata de la
manifestación de voluntad libremente destinada a producir efectos jurídicos,
esto es, sin vicios, que son: el error, el dolo o la violencia.
El consentimiento
se consolida con la congruencia entre la oferta, y su aceptación.
También se puede
decir que el consentimiento es la manifestación de voluntad conforme entre la
oferta y la aceptación.
1. b3 1 Clases de formas, es decir, las formas de poder
expresar el consentimiento.
Tenemos que pueden
ser:
a) Forma voluntaria: Es la forma que aceptan y convienen
las partes para la realización del Negocio Jurídico. Esta forma podrá
verificarse contraria a derecho.
b) Forma legal: Es cuando la Ley prescribe alguna forma
determinada. Se llama. Se llama así a los requisitos o solemnidades que
acompañan o revisten a los actos jurídicos.
c) Forma verbal u oral: El contrato verbal consagra la
forma verbal de verificación del Negocio Jurídico, es decir, el mismo se
reviste verbalmente.
d) Forma escrita: Está consagrada en aquel tipo de Negocio
Jurídico que es verificado o revestido por medio de un documento o folio.
e) Forma privada: Son aquellas formas que se verifican
cuando las manifestaciones de voluntad se han plasmado en un documento privado.
2) Especiales: Corresponde a cierto grupo, a una categoría
de negocio. Por ejemplo: en consentimiento, ya sea en los contratos, o en el
precio en la compra-venta.
Bibliografía
Introducción a los Principios Generales del Derecho Parte 1 y Parte 2.
Salazar M. Luís M.
Primera Edición: Fundación Sypal
Caracas, Venezuela. Diciembre de 1993.
Segunda Edición: Fondo Editorial de la Universidad Santa
María.
Caracas, Venezuela. Diciembre de 1994.
Didáctica de la
Introducción al Derecho.
Quintana Benshimol Levy.
Primera Edición: Julio de 1999.
Editor: Buchivacoa, C.A.
Frase
reflexiva:
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