1 de mayo de 2016

01-05-2016 Introducción II (14)

Frase reflexiva:
Un mago nunca revela sus trucos

INTRODUCCIÓN AL DERECHO (II)
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

EL NEGOCIO JURÍDICO

Conclusión

   El Negocio Jurídico no es más que ese acto (de carácter jurídico), en el cual se hacen muy notoria y representativamente la manifestación de voluntad de una o varias personas, destinadas a producir o generar consecuencias en el mismo; vale decir, que para que tenga una perfección en el sentido estricto de la palabra, me tiene que presentar los siguientes aspectos: el consentimiento (manifestación de voluntad), la capacidad (capacidad de derecho o goce y la capacidad de hecho o ejercicio), el objeto (debe ser lícito) y la forma (signos mediante el cual se expresa el consentimiento o voluntad).

   Enmarcándonos en él (negocio jurídico) encontramos sus diversas clasificaciones, las cuales entre las más resaltantes, tenemos:

Inter-vivos, los cuales se realizan entre personas vivas; mortis-causa, los cuales me van a generar efectos posteriormente a la muerte de una persona, como el testamento por ejemplo; unilaterales, donde se me va a perfeccionar con la voluntad de una (1) sola persona; bilaterales, en contraposición a los unilaterales, se constituyen mediante la voluntad de dos (2) ó más personas; entre otros.

   De igual manera encontramos los Elementos Esenciales, que resultan primordiales, principales e imprescindibles, para la eficacia y validez del Negocio Jurídico; lo que da como consecuencia, que si uno de ellos faltase, el Negocio Jurídico no tendría validez. 


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