Materia: Pruebas
(Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado
TEMA 9 LA PRUEBA DOCUMENTAL.
Clasificación. Públicos y privados.
Impugnación, ratificación, desconocimiento y reconocimiento de los documentos.
De la nulidad de los documentos. La tacha. Formas de proposición. Trámite de
instrucción. La exhibición de documentos. La prueba de informes.
EXHIBICIÓN DE
DOCUMENTOS: 436, 437 CPC
La EDD no es un medio de prueba, es una mecánica procesal que
puede utilizar cualquiera de las partes en el proceso, para traer a dicho
proceso el medio de prueba documental.
Cualquiera de las partes que desee usar un documento, o
instrumento que tiene el adversario, y éste se lo quiere reservar porque sabe
que ese documento, o instrumento beneficia a la otra parte, le solicita la EDD.
Requisitos que
debe llenar la parte para que sea admitida la mecánica procesal
La solicitud de
exhibición de documento debe contener unos requisitos los cuales deben ser
llenados de modo concurrente:
1) Copia del documento, o instrumento; o en su defecto, si no
tiene copia:
1) Afirmación de los datos que conozca el solicitante acerca
del contenido del mismo.
2) Un mdp que constituya una presunción grave de que el
instrumento se halle o se ha hallado en poder del adversario.
Intimación
Luego de redactar el escrito de promoción de la mecánica
procesal de EDD y el juez la admita, en el auto de admisión se tiene que
intimar al adversario para que exhiba el documento, o instrumento, dentro de un
plazo que señale el juez; se lo señala bajo apercibimiento.
La intimación debe ser en el mismo auto.
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