5 de julio de 2016

05-07-2016 Procesal Penal (4)

N° de Expediente: C04-0198 N° de Sentencia: 637
Tema: Calificación jurídica
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Cambio de Calificación Jurídica - Artículo 350 del COPP
Martes, 08 de Noviembre de 2005

Tal cambio de calificación, está dirigido en principio a las partes acusadoras del proceso, quienes son los que determinan cuál es el tipo penal en el que se subsumen los hechos imputados, debiendo por tanto, solicitar al juez la modificación de la calificación, y en caso de no hacerlo, es cuando el legislador le otorga al juzgador la facultad de cambiar la calificación, si ello es posible.

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