Podría
definirse el derecho procesal penal como “el conjunto de disposiciones
jurídicas que están dirigidas a disciplinar las formas y los medios para la
aplicación de las relaciones jurídicas sustanciales, penales y de algunas
relaciones sustanciales de carácter penal secundario y complementario. Es un
derecho público debido a que está dirigido al cumplimiento de las relaciones
sociales, exigiendo el cumplimiento de un conjunto de actos que deberán ser
aplicados y exigidos por los órganos que el Estado designa para esa finalidad”
(Maldonado, 2003)
Según Montoya, 2005 el Derecho Procesal Penal “es un conjunto de normas que regulan los tres pilares del debido proceso con la única finalidad de la aplicación de las leyes de fondo o derecho sustancial, regulando además la competencia de los jueces y materializando la ley de fondo en las sentencias. Dentro del Derecho Procesal Penal también existen unas normativas que regulan el proceso desde su inicio hasta su finalización”
Además el Derecho Procesal Penal está orientado a comprobar o desvirtuar la existencia de un delito, siempre que la acción penal no haya prescrito; así como esclarecer o determinar la responsabilidad penal del procesado condenándolo o absolviéndolo de la acusación (Montoya, 2005)
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