24 de julio de 2016

24-07-2016 Civil II (35)

Materia: Derecho Civil II
Semestre: Segundo-Pregrado

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Bibliografía: Derecho Civil I: Personas. Fondo Editorial USM. Mary Sol Grateron Garrido.

Tema # 9 La Interdicción y la Inhabilitación

La Inhabilitación: Constituye una situación intermedia entre la capacidad plena y la incapacidad absoluta, de manera que es la privación limitada de la capacidad negocial, por razones de defectos intelectuales que no sean tan graves.

Clases de Inhabilitación

Puede ser de 2 clases:

1) Inhabilitación Judicial: Es la que es pronunciada por un Juez mediante sentencia, previo procedimiento donde se comprueba y determina el estado de incapacidad de una persona por adolecer de un defecto intelectual no tan grave, y también por prodigalidad.

2) Inhabilitación Legal: Los inhábiles por determinación de la ley se encuentran consignados en el artículo 410 del Código Civil:

El sordomudo, el ciego de nacimiento, o el que hubiere cegado durante la infancia, llegados a la mayor de edad, quedarán sometidos de derecho a la misma incapacidad, a menos que el Tribunal los haya declarado hábiles para manejar sus negocios.

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