15 de marzo de 2017

15/3/2017 P. Penal III

La frase del día:
Una mala asesoría puede significar el fracaso en su máxima expresión

Guía de Derecho Procesal Penal III

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

TEMA 1 EL JUICIO ORAL

NOCIONES GENERALES

No necesariamente el juicio oral y público se desarrolla en una sola audiencia.

Todas las audiencias que se hagan para llevar a cabo un juicio oral y público, formarán ese juicio oral y público.

¿Qué es un Juicio Oral y Público? En el juicio se busca la verdad de algo.

El eje de todo juicio oral y público es la búsqueda de la verdad de los hechos.

Reconstrucción de hechos = Juicio Oral y Público.

Proceso Penal Venezolano = Sistema acusatorio. El Fiscal del MP imputa a una persona en el caso de la comisión de un delito de acción pública.

El Fiscal del MP presenta la acusación porque tiene un mandato constitucional. El Ius Puniendi lo ejerce el Fiscal del MP a través de una acusación.

En el juicio oral y público, el fiscal, como parte acusadora, tiene que demostrar si los hechos sucedieron en la forma, modo y circunstancia que él plasma en la acusación. Eso se hace evacuando las pruebas de la audiencia preeliminar.

En el juicio oral y público importa la verdad de lo que el Fiscal plasma en su acusación.

El único o los únicos hechos, la única verdad que interesa saber en el juicio oral y público, es la que el fiscal plasma en su acusación. Si el fiscal logra demostrar que ese hecho se produjo en las circunstancias, modo y lugar que él plasma, el juez condena al acusado.

ART. 13 COPP. FINALIDAD DEL PROCESO.- “El proceso debe establecer la verdad de los hechos por las vías jurídicas, y la justicia en la aplicación del derecho, y a esta finalidad deberá atenerse el Juez al adoptar su decisión.

Nota.- El acusado va al juicio oral y público sin tener obligación de no probar nada. El acusado declara sin juramento; y en el caso de que mienta, no puede ser sancionado, porque él no declara bajo juramento.

Nota.- La fase investigativa termina cuando se presenta el acto conclusivo.

Nota.- En la fase intermedia se admite o no la acusación y las pruebas.

Juicio oral y público = Búsqueda de la verdad plasmada en la acusación fiscal.

In Dubio Pro Reo = La duda favorece al reo.

El juicio oral y público tiene que ser desarrollado bajo ciertos principios de obligatorio cumplimiento, porque el quebrantamiento de uno de ellos, es motivo de nulidad del juicio.

Esos principios son: inmediación, publicidad, concentración.

La frase del día:
Una mala asesoría puede significar el fracaso en su máxima expresión

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!