18 de diciembre de 2016

18-12-2016 Imputación

Frase reflexiva:
Hay que tener cuidado con las palabras que decimos… Por la boca muere el pez

La imputación fiscal

¿Quién es el imputado?

Lo primero que se debe señalar con relación a esta institución, es que se denomina imputado a toda persona a quien se señale como autor o partícipe en un hecho punible, por un acto de procedimiento de las autoridades encargadas de la persecución penal.

¿Cuáles son los actos que reflejan una persecución penal personalizada?

La misma decisión hace alusión a determinadas actuaciones de las autoridades que reflejan una persecución penal personalizada, tales como son los actos de registros y las experticias practicadas sobre una persona en concreto. Se trata de actuaciones de procedimiento que confieren al individuo la cualidad de imputado, razón por la cual procede entonces, en esa fase temprana de investigación, hacer formalmente la imputación del individuo, a efecto de que éste tenga acceso a las actas procesales y designe el defensor técnico que lo asista legalmente y proteja sus derechos constitucionales y legales.

De igual manera, se considera que constituyen actuaciones que individualizan a la persona como posible autor o partícipe en el hecho que se investiga, el señalamiento que haga el denunciante o el querellante; o en fin, la individualización que resulta de actos de la investigación que de manera inequívoca señalan a alguien como autor o partícipe, bien porque la denuncia menciona a una persona en particular a quien se interroga o entrevista, o porque los actos de investigación reflejan que se trata de una persecución penal personalizada. De lo que se sigue que el nacimiento de la condición de imputado viene dado de haberse cumplido formalmente la imputación fiscal; o derivar de actuaciones que implican necesariamente la individualización de la imputación sin que se haya producido formalmente el acto procesal como tal.

Bibliografía:
Los actos conclusivos y la imputación penal. Vol. VII. Derecho Procesal Penal. Editorial Atenea. Freddy Zambrano. pp. 230, 231.

Frase reflexiva:
Hay que tener cuidado con las palabras que decimos… Por la boca muere el pez

18-12-2016 6.155 (7)

Frase reflexiva:
Hay que tener cuidado con las palabras que decimos… Por la boca muere el pez

TIPOS penales consagrados en la Ley Contra la Corrupción
Gaceta Oficial Extraordinario No. 6.155, 19 noviembre 2014

Título IV
De los delitos contra el patrimonio público y la administración de justicia en la aplicación de esta ley

Capítulo III
De los delitos contra la administración de justicia en la aplicación de esta ley

Art. 86. Denegación de justicia y violación de la Ley Contra la Corrupción por abuso de poder

Art. 87. Retardo u omisión en la tramitación del proceso

Art. 88. Abstención dolosa de acción de los fiscales del Ministerio Público

Art. 89. Influencia e injerencia en el proceso de contratación. Contratación sin cumplir las formalidades legales

Bibliografía:
Manual de Delitos y Faltas en Venezuela. Tercera edición. Giovanni Rionero, Frank Mila. Editores hermanos Vadell. 2015.

Frase reflexiva:
Hay que tener cuidado con las palabras que decimos… Por la boca muere el pez

18-12-2016 Solicitado

Frase reflexiva:
Hay que tener cuidado con las palabras que decimos… Por la boca muere el pez

Consulta de vehículos solicitados en la página del Ministerio Público:


Vehículos solicitados y recuperados. Vehículos en estacionamientos judiciales:


Frase reflexiva:
Hay que tener cuidado con las palabras que decimos… Por la boca muere el pez

18-12-2016 Procesal Penal (11)

Frase reflexiva:
Hay que tener cuidado con las palabras que decimos… Por la boca muere el pez

N° de Expediente: A11-194 N° de Sentencia: 421
Tema: Fase Intermedia
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Fase del proceso, que tiene como finalidad, la depuración y el control del procedimiento penal instaurado
Martes, 08 de noviembre de 2011

la audiencia preliminar, es la oportunidad procesal que tienen las partes, para denunciar irregularidades de la investigación penal, vicios de la acusación fiscal, oponer excepciones, entre otros, por cuanto es la fase del proceso, que tiene como finalidad, la depuración y el control del procedimiento penal instaurado, todo esto, en atención al principio del control jurisdiccional, estipulado en el artículo 104 del Código Orgánico Procesal Penal, donde se establece la obligación de los jueces, de velar por la regularidad en el proceso.

Frase reflexiva:
Hay que tener cuidado con las palabras que decimos… Por la boca muere el pez

17 de diciembre de 2016

17-12-2016 Procesal Penal (10)

Frase reflexiva:
planificar bien una batalla equivale a veces a ganarla antes de enfrentarse al enemigo, mientras que una mala planificación derrota a un ejército antes de entrar en combate. El Arte de la Guerra. SUN TZU. p. 12

N° de Expediente: C08-058 N° de Sentencia: 254
Tema: Fase de Juicio
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Suspensión del juicio
Martes, 26 de mayo de 2009

...la posibilidad de suspensión del debate por un plazo máximo de diez días, computados continuamente (ahora días hábiles, excluyendo los sábados, domingos, feriados y los días sin despacho, de conformidad con lo previsto en el artículo 172 eiusdem y por expreso mandato de la Sala Constitucional, Publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela), siendo que el mismo deberá reanudarse a más tardar al undécimo día (hábil) después de la suspensión, de lo contrario, es imperativa la consecuencia ordenada en el artículo 337 Ibídem, es decir, se considerará interrumpido el debate y deberá ser realizado de nuevo y desde su inicio.

N° de Expediente: C08-373 N° de Sentencia: 245
Tema: Fase de Juicio
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Suspensiones. Cómputo
Martes, 26 de mayo de 2009

...para los efectos de las suspensiones o de cualquier otro diferimiento que se lleve a cabo, luego de haber fenecido la fase preparatoria del proceso, deberá computarse a través de la aplicación del artículo 172 del Código Orgánico Procesal Penal...

N° de Expediente: C08-373 N° de Sentencia: 245
Tema: Fase de Juicio
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Suspensiones. Cómputo
Martes, 26 de mayo de 2009

...para los efectos de las suspensiones o de cualquier otro diferimiento que se lleve a cabo, luego de haber fenecido la fase preparatoria del proceso, deberá computarse a través de la aplicación del artículo 172 del Código Orgánico Procesal Penal...

N° de Expediente: C07-470 N° de Sentencia: 520
Tema: Fase de Juicio
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Celebración de la audiencia pública
Martes, 14 de octubre de 2008

...fase del juicio oral, tiene por finalidad básicamente la celebración de la audiencia pública, la cual deberá efectuarse conforme a los principios de oralidad, publicidad (salvo las excepciones establecidas en la ley), concentración e inmediación, la cual está orientada a la comprobación de los hechos objetos del proceso y la participación del acusado en los mismos, a través del acervo probatorio ofrecido en el juicio, finalizando la misma con la emisión del respectivo fallo.

Frase reflexiva:
planificar bien una batalla equivale a veces a ganarla antes de enfrentarse al enemigo, mientras que una mala planificación derrota a un ejército antes de entrar en combate. El Arte de la Guerra. SUN TZU. p. 12

17-12-2016 Los tres actos

Frase reflexiva:
planificar bien una batalla equivale a veces a ganarla antes de enfrentarse al enemigo, mientras que una mala planificación derrota a un ejército antes de entrar en combate. El Arte de la Guerra. SUN TZU. p. 12

¿Es posible acaso presentar el acto conclusivo del archivo de las actuaciones frente a algunos imputados y participantes, y la acusación fiscal y el sobreseimiento frente a otros?

En materia procesal penal rige el principio de unidad del proceso, consagrado en el artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal, conforme al cual, por un solo delito o falta no se seguirán diferentes procesos, aunque los imputados sean diversos; sin embargo, ese principio contempla como excepción la posibilidad de que el tribunal que conozca del proceso en el que se hayan acumulado diversas causas, ordene su separación, en los casos enumerados en el artículo 74 del Código Orgánico Procesal Penal.

De acuerdo con los supuestos de excepción que permiten dividir la continencia de la causa y separar las causas que se sigan contra los distintos imputados, se da cabida, desde luego, a la aplicación del acto conclusivo de archivo fiscal de las actuaciones frente a algunos imputados y la acusación o el sobreseimiento frente a otros.

La separación de las causas permite acusar a algunos imputados y mantener abierta la averiguación frente a los demás.

Bibliografía:
Los actos conclusivos y la imputación penal. Vol. VII. Derecho Procesal Penal. Editorial Atenea. Freddy Zambrano. pp. 43, 44.

Frase reflexiva:
planificar bien una batalla equivale a veces a ganarla antes de enfrentarse al enemigo, mientras que una mala planificación derrota a un ejército antes de entrar en combate. El Arte de la Guerra. SUN TZU. p. 12

17-12-2016 Oportunidad Sobreseimiento

Frase reflexiva:
planificar bien una batalla equivale a veces a ganarla antes de enfrentarse al enemigo, mientras que una mala planificación derrota a un ejército antes de entrar en combate. El Arte de la Guerra. SUN TZU. p. 12

Oportunidad procesal.
Puede ser declarado en cualquiera de las fases del proceso penal, como se aprecia a continuación:

En la fase preparatoria. Como se ha visto, el sobreseimiento puede ser dictado en la fase preparatoria cuando ocurra alguna de las siguientes causales:

Por aplicación del principio de oportunidad.

Por aplicación de acuerdo reparatorio.

Por cumplimiento de la suspensión condicional del proceso.

Mediante excepción opuesta por el imputado durante la fase preparatoria.

En la fase intermedia, cualquiera de las partes, el fiscal; la víctima, siempre que se haya querellado o haya presentado una acusación particular propia; y el imputado, hasta cinco días antes del vencimiento del plazo fijado para la celebración de la audiencia preliminar, podrá plantear cualesquiera de las excepciones anteriormente enumeradas para ser decididas en la audiencia preliminar; y si el juez las encuentra procedentes, declarará el sobreseimiento de la causa. De igual manera, el juez podrá declarar, de oficio, el sobreseimiento de la causa, si considera que concurren algunas de las causales establecidas en la ley.

En la fase de juicio. En la fase de juicio oral, las partes pueden oponer la extinción de la acción penal, siempre que se fundamente en: a) la amnistía; y, b) la prescripción de la acción penal, salvo que el acusado renuncie a ella; el indulto y las excepciones que hayan sido declaradas sin lugar por el juez de control al término de la audiencia preliminar. Procede la declaratoria de oficio de las excepciones que no hayan sido opuestas, siempre que la cuestión, por su naturaleza, no requiera de la instancia de parte. En todos estos casos, el efecto de haber lugar a dichas excepciones, es el sobreseimiento de la causa.

Bibliografía:
Los actos conclusivos y la imputación penal. Vol. VII. Derecho Procesal Penal. Editorial Atenea. Freddy Zambrano. pp. 62, 63, 64.

Frase reflexiva:
planificar bien una batalla equivale a veces a ganarla antes de enfrentarse al enemigo, mientras que una mala planificación derrota a un ejército antes de entrar en combate. El Arte de la Guerra. SUN TZU. p. 12