7 de octubre de 2026

Cheque en blanco | 07-10-2026

Sentencia No. 434 de fecha 02-OCT-2026 dictada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia 

Ponencia de la Magistrada Doctora CARMEN MARISELA CASTRO GILLY

La recurrida incurre en un vicio de motivación aparente, al carecer de un razonamiento lógico, sin explicar los motivos reales que sustentan su decisión, cuando estimó que la pena impuesta al acusado se encuentra ajustada a derecho, sin dar respuesta a los alegatos esgrimidos por la defensa privada en el recurso de apelación interpuesto, en el que cuestionó dicha pena y alegó la inobservancia de los artículos 37 y 74.4, ambos del Código Penal, expresando que “…la Jueza [de Juicio] por la gravedad aplicó el término máximo, siendo un delito atroz, y consideró la compensación del agravante para determinar la pena final…” (sic) [Corchetes de la Sala], afirmación esta jurídicamente insostenible. En el sistema penal venezolano, la "gravedad" no es un cheque en blanco para saltar al límite máximo. El legislador ya ponderó la gravedad al fijar el rango de 2 a 6 años. Para llegar a los SEIS (6) AÑOS, la sentencia debía reflejar el tránsito desde el término medio (4 años). Al decir que se "consideró la compensación", no existe en el texto de la sentencia de juicio, ni de la alzada, el desglose qué se compensó contra qué.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"El verdadero poder no está en reaccionar ante cada provocación, sino en mantener la calma cuando todo a tu alrededor es caos. Quien domina sus emociones controla sus decisiones, y quien controla sus decisiones, controla su destino. Una mente tranquila es el arma más poderosa de un guerrero"

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