7 de octubre de 2026

C. Mexicanos | 07-10-2026

¿Son terroristas los cárteles mexicanos para la UE?

¿Pueden los cárteles mexicanos ser considerados terroristas según el Derecho de la Unión Europea? 

La Directiva (UE) 2017/541 exige finalidad política o desestabilizadora, no solo violencia extrema, para calificar a un grupo criminal como terrorista.

Violencia extrema no equivale a terrorismo. En el lenguaje político y mediático la distinción se pierde, pero en el Derecho europeo tiene consecuencias concretas: calificar una conducta como terrorista no depende solo de su brutalidad.

Primer requisito: un acto grave.

El artículo 3 de la Directiva enumera actos intencionados que, por su naturaleza o contexto, pueden perjudicar gravemente a un país o a una organización internacional.

Entre ellos:

— Atentados contra la vida.
— Secuestros.
— Toma de rehenes.
— Destrucción de infraestructuras.
— Explosivos y armas.

Los cárteles.

Usan armamento de gran capacidad, atacan a fuerzas del Estado, secuestran, destruyen bienes y ejercen violencia sobre poblaciones enteras. En términos materiales, buena parte de su violencia podría encajar. Pero el acto no basta.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"El verdadero poder no está en reaccionar ante cada provocación, sino en mantener la calma cuando todo a tu alrededor es caos. Quien domina sus emociones controla sus decisiones, y quien controla sus decisiones, controla su destino. Una mente tranquila es el arma más poderosa de un guerrero"

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