8 de octubre de 2024

(08-10-2024) Preterintencional concausal [3]

Sentencia No. 286 de fecha 23-MAY-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrado Ponente Doctor. MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ

Dicho cambio fue considerado por el Juez de Instancia, quien de manera ilógica señala una causa preexistente que consideró determinante para la muerte del ciudadano (...), como lo fue una laparotomía explorativa que se le realizara al occiso hace 14 años, producto de una herida por arma de fuego y una superviniente como lo es “Complicación post operatoria en la colonoscopia”.

Si bien es cierto, el Juez de Juicio tiene la facultad de modificar esencialmente la calificación jurídica, inmediatamente después de terminada la recepción de las pruebas (si antes no lo hubiere hecho), advirtiendo al acusado de esa posibilidad, no obstante, dicho cambio no puede modificar el hecho en su propia esencia, es necesario que el juez conforme a los órganos de prueba que haya presenciado considere esa posibilidad que no fue observada por ninguna de las partes.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Podremos sufrir derrotas pero nunca ser derrotados"

7 de octubre de 2024

(07-10-2024) Criminología, Política Criminal [9]

Todas esas criminologías tienen en común lo siguiente:

• Criminología es política criminal.

• El estudio de lo que se considera el orden a imponer, el orden a conseguir, el orden a anhelar.

• El poder penal.

• El control social.

• La libertad.

• La ciudadanía.

• La legitimación y el desenmascaramiento de la legitimación.

• La creación de leyes, su transgresión y el control de estas.

Cuando emerge la criminología interaccionista, por primera vez en la criminología se problematiza la ley.

El poder es para lo que se permite y lo que no se permite. El poder es el poder de definir, por lo tanto, esta definición irá explicando y delimitando los temas por investigar en cada criminología, es decir, los bienes jurídicos por proteger, las leyes por promulgar, las políticas criminales por establecer, el concepto de orden y las sanciones por aplicar. 

Todas las cuestiones relativas a la propia producción del delito y su control, son cuestiones políticas, y no deberían ser extraídas del debate público político.

Fuente de la información: Criminología, Política Criminal y Democracia. Taller efectuado en fecha 30-04-2024 por parte del Centro Simón Rodríguez (CSR).

La frase del día 
"Todo lo que siempre has querido está al otro lado del miedo" George Addair

(07-10-2024) Criminología, Política Criminal [8]

Las nuevas criminologías son:

• Criminología interaccionista.
• Criminología crítica.
• Criminología de los derechos humanos.

No forman parte de las nuevas criminologías: la criminología positivista; la criminología de la escuela clásica, del derecho penal clásico; una parte de la criminología interaccionista que se basaba meramente en lo sociológico cuando apenas empezaba a problematizarse la ley. 

Cuando dentro de la criminología interaccionista empiezan a estudiarse los procesos de etiquetamiento, estamos en presencia de las nuevas criminologías.

Fuente de la información: Criminología, Política Criminal y Democracia. Taller efectuado en fecha 30-04-2024 por parte del Centro Simón Rodríguez (CSR).

La frase del día 
"Todo lo que siempre has querido está al otro lado del miedo" George Addair

(07-10-2024) Preterintencional concausal [2]

Sentencia No. 286 de fecha 23-MAY-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrado Ponente Doctor. MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ

Posteriormente en el acto de la Audiencia Preliminar, el Tribunal Octavo (8°) de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, luego de ejercer el control correspondiente (material y formal) del escrito de acusación, se pronuncio sobre dicho acto conclusivo, emitiendo los siguientes pronunciamientos: “ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía 18° del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (…) SEGUNDO: ADMITE TOTALMENTE LOS MEDIOS DE PRUEBAS ofrecidos por el Ministerio Público (…) Se admiten los medios de prueba ofrecidos por la Fiscalía 18° del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (…) así mismo se admiten como pruebas las solicitadas por la Defensa privada (…) TERCERO: SE MANTIENE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD (…) CUARTO: SE ORDENA EL AUTO DE APERTURA A JUICIO (…)” (sic), para posteriormente llevarse a cabo el juicio oral y público en fecha 16 de mayo de 2023.

Tal y como se indicó anteriormente, terminada la recepción de pruebas, en fecha 11 de enero de 2023, el Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, advierte la posibilidad de una calificación jurídica que no fue considerada por ninguna de las partes, específicamente el delito de “HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 410, en concordancia con el 405 numeral 1° del Código Penal”. No obstante, en fecha 1° de febrero de 2023, al momento de concluir el juicio sorprendentemente condena al ciudadano (...), por el delito de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL CONCAUSAL, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 410, en concordancia con el 405, numeral 1°, del Código Penal.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Todo lo que siempre has querido está al otro lado del miedo" George Addair

6 de octubre de 2024

(06-10-2024) Preterintencional concausal

Sentencia No. 286 de fecha 23-MAY-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrado Ponente Doctor. MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ

Esta Sala de Casación Penal, de la revisión detallada de las actas que conforman la presente causa, observo que:

El Ministerio Público, presentó acusación en contra del ciudadano (...), por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES O INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1°, del Código Penal, en perjuicio ciudadano: (...)

Debiéndose destacar que dicha calificación fue considerada por el Fiscal del Ministerio Público, en virtud del resultado de la totalidad de las diligencias practicadas en la fase preparatoria, destacándose entre ellas el protocolo autopsia, el cual fue fundamental para determinar la causa de la muerte, considerando que del resultado de la misma, el médico anatomopatólogo indico “…que la causa de la muerte fue Shock séptico por sepsis de punto de partida enteral por post operatorio tardío como complicación por herida por arma blanca punzo cortante …” (subrayado nuestro).

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Compra el terreno en silencio y construye la casa en secreto"

5 de octubre de 2024

(05-10-2024) Nulidad de oficio [2]

Sentencia No. 286 de fecha 23-MAY-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrado Ponente Doctor. MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ

En atención a los preceptos jurídicos señalados, la nulidad será declarada cuando:

a) Resulte comprometida la intervención, asistencia y representación del imputado o imputada, o la víctima, en los casos y formas que el Código Orgánico Procesal Penal, establezca.

b) Implique la inobservancia o violación de derechos o garantías fundamentales previstos en el texto adjetivo penal vigente, la Constitución de la República, las leyes y los tratados, convenios o acuerdos internacionales, suscritos y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Quien te dejó en medio del océano no tiene derecho a saber cómo escapaste de los tiburones y cómo llegaste a la orilla del mar"

4 de octubre de 2024

(04-10-2024) Criminología, Política Criminal [7]

La criminología crítica y de los derechos humanos se dedica a conocer la historia crítica y política del pensamiento criminológico, sus relaciones con los derechos humanos, las instituciones del orden y del control social. Esta concepción de la criminología implica un conocimiento llamado "argumentativo" o "inteligente", en lugar de lo basado en la discrecionalidad o en la falta de evidencia, comprometiéndose a facilitar y extender los espacios institucionales, representativos que complementan la política con deliberación pública inclusiva sobre asuntos del delito y de la justicia, ya sean asuntos locales, estatales, nacionales o aquellos regulados a través de espacios transnacionales emergentes, todo desde una perspectiva crítica al poder: el poder, como lo llamó Nils Christie, es el poder de definir qué es lo que es delito y lo que no es delito, qué es lo criminalizable y lo no criminalizable, qué es penado y lo que no es penado.

El delito es una definición impuesta por el poder porque el poder es el poder de definir.

Fuente de la información: Criminología, Política Criminal y Democracia. Taller efectuado en fecha 30-04-2024 por parte del Centro Simón Rodríguez (CSR).

La frase del día 
"El que se queda quieto se oxida"